El acusado, José Carnero, conocido como ‘O Chucán’, sentado en el banquillo durante el juicio en la Audiencia Provincial de Lugo.

El acusado, José Carnero, conocido como ‘O Chucán’, sentado en el banquillo durante el juicio en la Audiencia Provincial de Lugo. Carlos Castro – Europa Press

Provincia de Lugo

‘O Chucán’, condenado a siete años de cárcel por intentar matar a un hombre en Baralla (Lugo)

José Carnero ya había sido condenado por el crimen de Pilar Palacios, cometido en 2007, y en 2021 agredió a su compañero de residencia con un cuchillo

24 febrero, 2023 16:37

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Lugo ha condenado a siete años de cárcel a O Chucán por intentar matar a su compañero de residencia en Baralla en 2021. Así lo ha dado a conocer hoy viernes el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG). O Chucán ya había sido condenado por el crimen de Pilar Palacios cometido en 2007, aunque no fue juzgado hasta siete años después cuando se repitió el juicio al haberlo confesado él en una entrevista.

Los hechos por los que ha sido condenado ahora ocurrieron en la residencia Remar de Baralla, a la que llegó tras salir de la cárcel en 2019. El tribunal considera probado que el acusado tenía intención "de ocasionarle la muerte" cuando le clavó el arma blanca a la víctima en su costado izquierdo. El agresor, además, intentó asestarle una nueva cuchillada en la zona del tórax. Esta última, según el tribunal, ingresó "muy poco en el cuerpo del afectado".

La audiencia recoge en la sentencia que el condenado "tiene una situación mental que conlleva una alteración de conducta, enfermedad de párkinson", además de un "trastorno de personalidad con un coeficiente intelectual bajo". La audiencia desecha la versión ofrecida por el procesado de que fue agarrado por el cuello por el agredido, ya que no hay pruebas más allá de su testimonio.

La audiencia, además, estima el agravante de reincidencia al tratarse de un delito similar y no haber superado el período de cancelación de la pena impuesta por el crimen de 2007 y también un atenuante por su estado físico. El tribunal considera los hechos un delito de homicidio y no de asesinato como reclamaba la defensa, según recoge Europa Press.

Los jueces argumentan que las circunstancias en el momento del ataque, con los implicados frente a frente después de que la víctima se girase hacia O Chucán, la forma de proceder de éste "no fue prevista ni causada de propósito". Así, el acusado ha sido condenado a siete años de cárcel y una orden de alejamiento de la víctima de 15 años. Contra el fallo de la audiencia provincial cabe recurso de apelación.