Un exjugador del Dépor, condenado por romperle la nariz a un joven que le cantó ‘Cara al sol’
Los hechos ocurrieron durante la madrugada de San Juan en 2019, después de que el Deportivo perdiese el ascenso a Primera contra el Mallorca. El juez considera que la víctima "provocó deliberadamente" al acusado, que deberá pagar una multa de 1.080 euros e indemnizar con 565 al denunciante
23 enero, 2024 17:17Un exjugador del Deportivo, cuya identidad no ha sido desvelada, ha sido condenado por romperle la nariz de un puñetazo a un joven que lo "provocó" cantándole el Cara al sol. El magistrado del Juzgado de lo Penal número 3 de A Coruña lo considera autor de un delito de lesiones, concurriendo la circunstancia atenuante de embriaguez, por lo que deberá pagar una multa de 1.080 euros e indemnizar con 565 euros al afectado.
La sentencia considera probado que sobre las 03:00 horas de la noche de San Juan de 2019, en una playa coruñesa, la víctima increpó reiteradamente al ahora acusado "mediante saludos y cantos de índole fascista, como la canción Cara al sol". El denunciante sabía que al acusado "le producía disgusto" escuchar esta canción, lo que generó una provocación y enfrentamiento durante el que el condenado le propinó un puñetazo en la nariz que lo tiró sobre la arena.
"Resulta indudable que la víctima provocó deliberadamente al acusado mediante la exhibición de simbología fascista y la emisión de cánticos propios de esta como el Cara al sol", concluye el magistrado tras analizar las pruebas, a lo que añade: "No lo hizo en general, y para quien quisiera escucharle, sino con la directa intención de molestar al acusado, a quien, lo conociese o no en su faceta pública de jugador del Deportivo, quería incomodar".
Ese día, además, había sido una mala noche para el Deportivismo. El Deportivo perdió 3-0 contra el RCD Mallorca en el partido de vuelta del playoff de ascenso a Primera División, en uno de los momentos más aciagos del club en los últimos años.
El futbolista fue "directamente provocado"
El titular del Juzgado de lo Penal número 3 de A Coruña incide en que el futbolista fue "directamente provocado" y que reaccionó "de manera contundente". "Quizás en parte debido a la influencia del alcohol ingerido, impeditiva de la serenidad de ánimo que, en otras condiciones, hubiese propiciado una respuesta más sosegada, a pesar de la afrenta inferida por quien pretende herir a otro haciendo pública ostentación de una ideología negadora de los derechos fundamentales", recoge la sentencia.
El magistrado, además, descarta la concurrencia de la agravante de que el acusado hubiese actuado por motivos ideológicos. "No se ha podido probar que la agresión hubiera venido motivada por la condición de fascista del cantante (si es que ostentara esa personal condición, lo que pareció negar durante la vista), ni siquiera por la exhibición u ostentación pública de esa ideología", indica el texto, en el que el juez señala que lo ocurrido se debe a "la provocación iniciada, mantenida y aumentada del ahora acusador particular".
El magistrado también advierte que hay que poner en relación la ideología fascista con la agravante de motivos discriminatorios: "Quien se opusiere a cualquier manifestación o representación fascista, que por definición exalta un régimen totalitario y antidemocrático, no puede decirse que esté actuando por motivos discriminatorios con igual nivel de reproche que quien lo hiciera por motivos racistas, xenófobos o de identidad sexual o de género".
La sentencia no es firme, pues contra ella cabe presentar recurso.