Condenan al Concello de A Coruña a devolver el impuesto cobrado a Palexco y Palacio de la Ópera
El Juzgado condena al Concello a devolver más de 8.000 euros del impuesto cobrado indebidamente a la empresa concesionaria de estas dos instalaciones cuando estaban cerradas por la pandemia
27 abril, 2022 14:07A CORUÑA, 27 Abr. (EUROPA PRESS) –
El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 de A Coruña ha condenado al Ayuntamiento herculino a devolverle a la empresa concesionaria de la explotación del Palacio de la Ópera y de Palexco, Sociedad de Fomento y Desarrollo Turístico, 8.324 euros de los 26.652 euros que abonó en 2020 por el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), más los intereses legales que correspondan.
Lo hace debido a que durante 114 días no pudo explotar los locales por los cierres de actividad decretados como consecuencia de la pandemia de la Covid-19, informa el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).
El juez subraya que "no es necesario que exista una norma que específicamente contemple ese exacto supuesto", es decir, la existencia de una pandemia y los cierres de actividad derivados de ella, para eximir a la demandante del pago del impuesto durante ese periodo.
"Lo contrario sería tanto como decir que un tributo es exigible, aunque no se realice el hecho imponible, mientras no haya una norma especificando que diga que, en ese concreto supuesto, no se ha realizado el hecho imponible", afirma el magistrado.
En la resolución, además, apela "al mero sentido común, en una situación de excepcionalidad que nadie podía prever". Así, indica que, por todo ello, y "por un mínimo principio de justicia tributaria", resulta procedente la reducción proporcional de la cuota del IAE.
Además, subraya que la cuantía que el Ayuntamiento debe devolver a la empresa no es "nada desdeñable", por lo que asegura que "viene a agravar, más si cabe, la complicada situación que se provoca por una imposición que va a recaer, no sobre una actividad potencialmente generadora de renta, susceptible de imposición, sino, directamente, sobre una situación de inactividad".
"Que lo único que va a generar son más pérdidas, situación sobre la que difícilmente puede anudarse ese elemental principio de justicia tributaria al que apelábamos", añade. Por ello, procede a la estimación del recurso.