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Empresas

Un juzgado da la razón a la gerente de un supermercado coruñés en materia de conciliación

El juzgado condena a Mercadona por el daño moral causado a la mujer, a la que se le había denegado la posibilidad de adelantar media hora el turno de tarde para conciliar su vida laboral con el nacimiento de su hija

22 febrero, 2022 20:35

SANTIAGO DE COMPOSTELA, 22 Feb. (EUROPA PRESS) –

El juzgado de lo social número 7 de A Coruña ha condenado a Mercadona por el daño moral causado a la gerente de un supermercado coruñés a la que se le denegó un cambio de horario para conciliar. La empleada había solicitado adelantar media hora la entrada en el turno de tarde por motivos de conciliación debidamente justificados para conciliar la vida laboral con el nacimiento de su hija en 2020.

Los hechos se remiten a agosto del año pasado, cuando la empleada solicitó formalmente una modificación (de media hora de lunes a viernes y en su turno de tarde) en la concreción horaria de reducción de jornada por guardia legal que tenía desde noviembre de 2020: a 35 horas/semana en turnos rotativos semanales alternas de mañana-tarde.

La sección sindical de la CIG en Mercadona, que tiene la mayoría de la representación en la provincia de A Coruña, sostiene que "lleva años denunciando los enormes obstáculos que esta cadena de supermercados pone para que el personal pueda atender las necesidades de conciliación de la vida personal y familiar".

Según traslada Mercadona a Europa Press, "la empresa no ha tenido inconveniente alguno en modificar el horario de reducción de jornada de la trabajadora afectada". "De hecho, cuando se habló con el abogado se aceptó sin problemas el cambio de concreción pero la trabajadora no clarificó, tras la contestación de la empresa en agosto, que lo que realmente quería era modificar en media hora su horario. Si lo hubiera hecho en ningún momento se hubiera llegado a sede judicial, ya que la finalidad de la compañía no es retrasar el ejercicio de las medidas de conciliación si no todo lo contrario", afirma.