Detenido, esposas, cárcel

Detenido, esposas, cárcel Shutterstock

Ferrolterra

Rebajan en año y medio la condena al autor de un delito de agresión sexual en Narón

La condena se ha revisado en aplicación de la ley del ‘solo sí es sí’ y pasa de siete a cinco años y medio

9 febrero, 2023 15:53

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha difundido una nueva remesa de resoluciones sobre peticiones de revisiones de condenas en aplicación de la Ley Orgánica 10/22, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, conocida popularmente como ley del solo sí es sí, entre la que se encuentra la rebaja de la pena de cárcel al autor de un delito de agresión sexual cometido en un local social de Narón (A Coruña).

La sección segunda de la Audiencia Provincial de A Coruña ha fijado en cinco años y medio de cárcel, en lugar de en siete la condena. El tribunal señala que “hecha la comparativa entre la normativa penal que fue aplicada en la sentencia que nos ocupa y la que contiene la nueva legislación, es evidente que resulta esta última más favorable”, al tiempo que explica en el auto que para imponerle siete años de prisión, cuando el marco penal era de seis a doce años, “se razonó que no se alcanzaba el punto medio porque la agresión sexual no implicó el desnudo de la víctima (se metieron los dedos por entre la ropa), la violencia no fue excesivamente lesiva ni tuvo el asalto una duración prolongada en el tiempo”.

En la actualidad, según la resolución, “el marco penal para la misma conducta típica ha variado, siendo de cuatro a 12 años de prisión”.  Por ello, el tribunal subraya que es “indudable que la nueva legislación es más favorable” para el autor de los hechos.