La vida de 42.000 dueños de vehículos sin el distintivo ambiental de la Dirección General de Tráfico -la pegatina que clasifica cada coche según sus emisiones- cambiará con la llegada del nuevo año. A partir del 1 de enero, la mayoría de los usuarios de coches contaminantes -o tipo A-, como Miguel, ya no podrán estacionar en las plazas de la zona verde y la zona azul de Madrid. Los conductores de la capital, sin embargo, tienen muchas dudas sobre cómo funcionará esta nueva medida de la Ordenanza de Movilidad Sostenible, aprobada en octubre de 2018. EL ESPAÑOL resuelve las cuestiones que puedan surgir sobre el estacionamiento en la zona SER:
¿A partir de cuándo no puedo aparcar mi coche sin etiqueta en la zona azul y verde de Madrid?
A partir del 1 de enero de 2020 los vehículos sin distintivo ambiental, considerados como los más contaminantes, pierden el derecho a aparcar en las plazas de la zona de Servicio de Estacionamiento Regulado del Ayuntamiento de Madrid (zona SER). En otras palabras, los conductores con coches sin la etiqueta ambiental de la DGT tipo B, C, ECO o Cero Emisiones, ya no podrán estacionar en la zona azul y la zona verde de la capital.
Si soy residente, ¿puedo estacionar en los barrios de Madrid con zona SER?
Si usted es residente de un barrio madrileño con zona SER y su coche no tiene distintivo ambiental puede seguir aparcando en la zona verde del barrio donde esté empadronado. Sólo podrá estacionar en su barrio, que es uno de los 52 barrios de la zona SER. El estacionamiento en los 51 barrios restantes queda prohibido desde año nuevo para los vehículos tipo A.
Aun así, para aparcar su coche sin distintivo ambiental es necesario que tenga la autorización de residente SER. Ésta le permite aparcar solamente en el barrio donde resida, quedando vetado del resto de barrios de la zona SER.
Para obtener esta autorización, debe abonar anualmente 24,60 euros de tarifa base, que puede variar en función del tipo de pegatina ambiental que tenga su vehículo. Si prefiere abonar la tasa mensualmente, el SER le cobrará 2,05 euros de tarifa base, también variable según el distintivo de la DGT que tenga su coche.
¿Dónde puede aparcar un residente con vehículo sin distintivo ambiental -o tipo A- y dónde no?
Los habitantes de cualquier barrio de Madrid, previa autorización de residente SER, que cuentan con coches contaminantes -o tipo A-, pueden estacionar solamente en la zona verde del barrio donde estén empadronados. ¿Y por qué sólo en la zona verde? Porque estas plazas son las que están habilitadas para los conductores con la mencionada autorización. Estos residentes podrán aparcar en la zona verde como hasta ahora, es decir, sin horarios. Los usuarios sin esta tarjeta de residente, sólo podrán aparcar su coche en zona verde durante 120 minutos, como máximo.
Pese a esto, aquellos conductores con coches sin distintivo ambiental ya no podrán estacionar en ningún barrio madrileño, a excepción del suyo, ni en la zona azul ni en la verde. Es decir, el residente sólo puede estacionar en uno de los 52 barrios que componen la zona SER. Ni siquiera pueden estacionar en todo su distrito. Por ejemplo, si una persona vive en el distrito de Chamberí, sólo puede estacionar en uno de los seis barrios que lo componen, en el que reside.
¿Y puedo aparcar mi coche sin etiqueta en los aparcamientos públicos de Madrid?
Sí, usted puede aparcar su coche en los estacionamientos públicos de la ciudad, pero no podrá hacerlo en todos. Está prohibido a partir del año que viene estacionar su coche tipo A en los aparcamientos de Madrid Central, ya que estos vehículos son considerados contaminantes. Por ello, ya no podrá circular por esta zona.
Y no sólo no podrá dejar su coche en un aparcamiento público. Los residentes de Madrid Central ya no podrán invitar a los conductores que tengan vehículos sin etiqueta ambiental. Tampoco podrán estacionarlos en garajes particulares.
¿Qué vehículos privados pueden aparcar en la zona SER a partir del año que viene?
Pueden aparcar todos los coches con etiqueta ambiental de la DGT, pero no son los únicos vehículos autorizados. También, los residentes de los barrios de Madrid con coches contaminantes, previa acreditación, pueden seguir estacionando su vehículo sin distintivo ambiental en la zona verde de su barrio.
A su vez, los vehículos de dos o tres ruedas pueden seguir estacionando en la zona SER con normalidad. Y, además, aquellos transportes de personas con movilidad reducida, que acrediten esta condición, están autorizados para estacionar en la zona SER madrileña.
Los vehículos comerciales e industriales contaminantes con autorización de estacionamiento SER concedida antes del 23 de octubre de 2010, por otra parte, pueden aparcar en la zona SER al ser considerados colectivos cualificados. Sin embargo, sólo tendrán dos años de margen, ya que a partir del 31 de diciembre de 2021 tendrán prohibido estacionar.
¿Y qué vehículos de uso público pueden estacionar en la zona SER?
Taxis, vehículos de transporte con conductor (VTC), y demás transportes destinados al traslado de las personas, también podrán seguir estacionando en la zona SER. No obstante, si a finales de 2021, estos trabajadores no cuentan con un vehículo con distintivo ambiental, ya no podrán aparcar en las zonas interiores a la M-30.
Por último, como es evidente, los vehículos de servicios esenciales podrán aparcar en las zonas verde y azul de la capital. Entre ellos se encuentran los vehículos de los bomberos, de protección civil, de la Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado, de la Policía Municipal, de los Agentes de Movilidad y, cómo no, los destinados a la atención sanitaria de las personas, como las ambulancias.
¿Qué pasará a partir del 31 de diciembre de 2024?
A partir de esta fecha, los residentes de Madrid con vehículos sin distintivo ambiental ya no podrán aparcar su coche ni en el barrio donde vivan. En 2025, sus coches contaminantes tendrán totalmente prohibido estacionar en la capital.