El incremento del número de contagiados y de muertes en España por el coronavirus Covid-19 ha obligado a algunas comunidades autónomas y al propio Gobierno de España a tomar medidas extraordinarias. Una de ellas, ejecutada por las consejerías de Educación de las diversas autonomías, es el cierre de las guarderías, colegios, institutos y universidades -tanto públicas como privadas- en la Comunidad de Madrid, La Rioja o en la provincia de Vitoria, en el País Vasco, para evitar más contagios de este patógeno.
Esta decisión no sólo supone que los alumnos de los diversos centros educativos de España dejen de asistir a las aulas para aprender los contenidos de su nivel, sino que tampoco podrán beneficiarse de otros servicios que ofrecen los colegios, a saber: comedores, rutas y clases extraescolares.
Muchos padres y madres, sin embargo, que han contratado y pagado estos servicios para el mes de marzo de manera íntegra se preguntan cómo pueden reclamar el dinero de los días en lo que sus hijos no puedan asistir al comedor del cole, viajar en el autobús escolar o ir a clase de fútbol con sus amigos.
Por ello, EL ESPAÑOL se ha puesto en contacto con la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) para que explique cuáles son los mecanismos más adecuados para que padres y madres -como consumidores- reclamen el dinero de los servicios contratados, que no pueden ofrecerse por la medidas para paliar el coronavirus. Pese a ello, la OCU explica que al tratarse de una "situación de causa de fuerza mayor", lo mejor es resolver la situación "de manera amistosa". Aun así, aquí consumo nos da algunas claves:
-¿Cómo pueden los padres y madres reclamar los 15 días del servicio de comedor del colegio si ya los ha pagado?
-En este caso, la normativa establece que el consumidor no puede pagar por servicios que efectivamente no han sido prestados. Por tanto, aunque se trate de una circunstancia de fuerza mayor, el consumidor no está obligado a pagar por los servicios no recibidos.
-¿Cuáles serían los mejores mecanismos para realizar reclamación?
-Los consumidores deberán reclamar por escrito. De forma que haya constancia. Todos los establecimientos deben tener a disposición de los consumidores hojas de reclamaciones.
-Y en el caso concreto de los centros educativos, ¿cómo sugieren reclamar?
-Lo más adecuado es buscar una solución amistosa y justa, que pasa por en algunos casos por buscar compensaciones o fechas alternativas en las que se pueda prestar el servicio. Desde la OCU, apelamos a la flexibilidad por parte de todos para buscar una solución justa a una situación de causa de fuerza mayor.
-Si desde el colegio no hacen caso de la reclamación, ¿cuál sería el siguiente paso?
-Acudir a la Dirección General de Consumo. En ella, recibirán asesoramiento particular sobre el caso en el que el padre -como consumidor- quiera reclamar.
-¿Cómo deberían los padres y madres reclamar el dinero de las clases extraescolares deportivas, de idiomas o musicales -entre otras- de los días que no puedan practicarlas por no poder acudir a los centros educativos?
-Son servicios similares a los anteriores y se pueden reclamar a través de los mismos mecanismos. Es decir, presentando un escrito al colegio.
-Otros servicios, como la ruta, ¿también se pueden reclamar?
-De la misma manera, ya que se se trata de servicios no consumidos.
Fuentes de la OCU, sin embargo, reiteran en la idea de que al tratarse de "algo poco habitual" basan sus respuestas en las normas generales sobre contratos, ya que es difícil dar una respuesta a situaciones tan excepcionales. De ahí que incidan en que buscar soluciones de manera "amistosa".