La Dirección General de Tráfico (DGT) se ha puesto muy seria con las distracciones este 2021. Y no es en vano: son la primera causa de los accidentes en las carreteras españolas, por encima incluso del consumo de alcohol. Y, dentro de las distracciones, son habituales que las provoquen manejar un teléfono móvil, el navegador o los controles de sonido del vehículo.
Está previsto que, de cara a la campaña de verano, el Congreso de los Diputados apruebe cambios importantes en el próximo proyecto de Ley que modificará la actual normativa sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Entre las modificaciones está el endurecimiento de las infracciones que causan distracción y, por ende, el uso del móvil.
Hay un punto novedoso de las nuevas medidas publicadas por la DGT que resulta especialmente espinoso. Es el supuesto de que se esté usando el móvil en manos libres sin llevarlo en la mano, pero existiendo una distracción por estar pendiente de una conversación telefónica o escuchando un mensaje de voz. Este supuesto se multará con 200 euros y la retirada de 3 puntos del carné.
Esto da pie a una duda crucial: ¿Cuándo se considerará distracción usar el manos libres y cuándo no? ¿Qué circunstancias tienen que darse para que la acción sea sancionable? ¿Cómo demostrará el agente -sin lugar a dudas- que el conductor estaba distraído usando el manos libres? De salir adelante, esta medida dará que hablar.
Pero esa no es la única novedad que planea implementar la DGT. Otra acción que se está considerando sancionar es el hecho de llevar el móvil en la mano aunque no se esté usando, o sea, que esté bloqueado en la mano del conductor en el momento en que un agente le dé el alto.
“El móvil debe ir en el salpicadero, en un soporte homologado y sin manipulación durante la conducción", dijo hace poco el director de la DGT, Pere Navarro. Si se ha de usar el dispositivo, debe hacerse en un lugar seguro, como una gasolinera o un área de descanso. Navarro recordó que no es seguro manipular el móvil en un atasco, un semáforo en rojo o en la parada de un cruce. En estos supuestos, el conductor puede ser multado.
La nueva ley -recordemos, pendiente de aprobación- también incluye multas de mayor cuantía para penalizar el uso del móvil al volante. Actualmente, hablar por teléfono (o manejar el móvil) mientras se conduce, implica la pérdida de 3 puntos del carné y una sanción de 200 euros.
La nueva norma prevé doblar la pérdida de puntos hasta 6, aunque manteniendo la sanción económica en 200 euros. La misma pérdida y multa serían aplicadas a los conductores que llevaran el móvil en la mano aún sin estar usándolo.
Todas estas normas fueron anunciadas en la web de la DGT y el Ministerio del Interior y, a todas luces, entrarán en vigor de cara al verano. Una cuestión en concreto, dará mucho que hablar si sale aprobada tal cual está planteada.
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