La Dirección General de Tráfico (DGT), en línea con su compromiso por la seguridad vial, puso en marcha una nueva campaña del 2 al 8 de agosto de control de consumo de alcohol y/o drogas durante la conducción, donde han parado a un total de 154.041 conductores, de los cuales 2.945 dieron positivo.
Cabe recordar que dar positivo en alguna de estas dos sustancias puede suponer una multa de hasta 1.000 euros, la detracción de seis puntos del carnet de conducir e incluso puede incurrir en delito penal si la tasa es muy alta.
Ha sido mediante sus redes sociales, donde Tráfico ha comunicado los últimos casos detectados este mes de agosto, con 420 conductores cada día al volante tras haber consumido alcohol y/o drogas, 30 menos que la campaña anterior del mes de junio.
A pesar de este descenso, Tráfico sigue considerando estas cifras inaceptables, ya que un solo conductor bajo los efectos del alcohol y/o drogas, puede poner en peligro la vida del resto de usuarios de la vía.
Durante esta campaña en el mes de agosto, los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil intensifican los controles sobre este factor de riesgo, estableciendo diferentes puntos en todo tipo de carreteras y a cualquier hora del día.
En el caso del alcohol, los motociclistas, conductores noveles y profesionales han representado el 4% de esta campaña. Es decir, de las 150.858 pruebas de alcoholemia realizadas, 1.559 resultaron positivas y 250 conductores han sido puestos a disposición judicial.
Y en el caso de las drogas, 1.386 conductores dieron positivo en alguna sustancia, un 71% lo hizo por cannabis, seguido de un 37% por cocaína, un 13% por anfetaminas y un 5% por opioides.
Teniendo el cuenta el consumo de alcohol y drogas en zona urbana, especialmente los fines de semana, Tráfico cuenta con la participación de los ayuntamientos para intensificar el control y ayudar a contribuir el impacto.
Consecuencias económicas
La DGT usará toda su normativa legal posible para sancionar las peligrosas conductas que suponen un peligro tanto para el positivo en alcohol y/o drogas como para el resto de conductores de la carretera.
La Ley de Seguridad Vial fija la tasa máxima de alcohol permitido en 0,5 g/l en sangre y 0,25 mg/l en aire para los conductores generales y 0,3 g/l en sangre y 0,15 mg/l en aire para los noveles y profesionales.
Exceder estos límites es motivo de sanción, pero en función de su gravedad la multa puede ser mayor o menor. La más "económica" oscila entre los 500 euros y la retracción de cuatro puntos del carnet; si el usuario sobre pasa los límites en grandes cantidades, la multa será de 1.000 euros y seis puntos.
Y cuidado, porque en este último caso se está cometiendo un delito contra la seguridad vial y además de una gran sanción económica puede suponer una pena de cárcel de tres meses a cuatro años, según el capítulo IV del Título VIII del Código Penal.
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