A la izquierda, Bernardo Montoya; a la derecha, Laura Luelmo.

A la izquierda, Bernardo Montoya; a la derecha, Laura Luelmo.

Reportajes REPORTAJES

Prisión permanente revisable para Bernardo Montoya por la violación y asesinato de Laura Luelmo

El jurado popular lo condena además por detención ilegal en concurso ideal con el delito de agresión sexual con el agravante de género.

10 diciembre, 2021 15:30

La Audiencia Provincial de Huelva ha condenado a la pena de prisión permanente revisable a Bernardo Montoya, único acusado de agredir sexualmente y asesinar a Laura Luelmo, la joven de 26 años recién llegada desde Zamora a la localidad de El Campillo (Huelva) en diciembre del año 2018 para trabajar como profesora.

El veredicto de culpabilidad ha sido emitido por un jurado popular y la sentencia, notificada ya las partes personadas en la causa, estipula una condena de prisión permanente revisable para Montoya, con el agravante de reincidencia. Fue condenado por sentencia firme de 31 de diciembre de 1997, también por la Audiencia de Huelva, por delitos de allanamiento de morada, obstrucción a la justicia y asesinato.

Además, la sentencia le impone otros 17 años y medio de cárcel, adicionales, por un delito de detención ilegal en concurso ideal con un delito de agresión sexual con el agravante de género.

Sobre esto último, la Audiencia Provincial de Huelva considera que "es claro que la detención ilegal de la víctima constituyó un medio para la posterior agresión sexual", por lo que "nos encontramos ante un concurso medial o instrumental, en el que el encierro" de Laura Luelmo en la casa de Bernardo Montoya "fue el medio utilizado" por éste "para poder realizar seguidamente la agresión, y no tiene sentido ni finalidad sin ella".

Bernardo Montoya ha sido condenado también a indemnizar a los padres y hermanos de la víctima con 400.000 euros en concepto de responsabilidad civil. El magistrado-presidente del juicio con jurado concluye que "no procede" indemnizar al novio de la fallecida, ya que “no consta que la parte que lo solicita, acusación particular, ostente formalmente su representación procesal” y, además, “no consta que existiera una relación estable, con convivencia análoga a la del matrimonio”.

La Audiencia recuerda que, en su veredicto, el jurado declaró probado que los hechos se produjeron sobre las 17,30 horas del día 12 de diciembre de 2018, cuando la joven regresaba de hacer la compra en un supermercado y fue abordada por el condenado, que vivía frente a ella en una vivienda de la localidad de El Campillo. 

Su intención, estima la sentencia, siempre fue que el cuerpo no fuera localizado. Por ello, Montoya la introdujo "a la fuerza" en su casa "con intención de agredirla sexualmente". Así, una vez dentro, el condenado cerró la puerta, "impidiendo" que Laura Luelmo saliera de la vivienda y que se le prestase auxilio.

En ese momento comenzó  a propinarle "fuertes golpes y constantes" en la cara y en la cabeza, mediante puñetazos. Además, se ayudó de un objeto contundente y romo, con el que le partió la mandíbula izquierda. Prosigue la sentencia que Montoya "le ató las manos a la espalda y le tapó la boca con cinta adhesiva". A continuación se la llevó a uno de los dormitorios, y consumó la agresión sexual con penetración.

Al terminar, y "con ánimo de acabar con la vida" de la víctima y "para evitar que se conociera la comisión de los hechos", el acusado retomó la paliza "cogiéndola del cabello y chocando su cabeza contra el suelo repetidamente, presionando su rodilla sobre el tórax y abdomen, y "apretando sus manos alrededor del cuello de la víctima para asfixiarla". Por último, le asestó un fuerte golpe en la cabeza.

Luego, sobre las 18,42 horas, y con la juven "encontrándose aún con vida", el condenado la envolvió en una manta y la introdujo en el maletero de su coche junto con su bolso, el teléfono móvil y otros objetos personales de la víctima.

La sentencia, a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL, considera igualmente como hechos probados que con el coche recorrió los términos municipales de Minas de Riotinto, Nerva y El Campillo, para dirigirse finalmente "a un concreto paraje" donde, entre las 19,44 y las 20,42 horas, dejó a Laura, semidesnuda y aun con vida, con las manos atadas a la espalda. También se deshizo allí del resto de los objetos "con la excepción del teléfono móvil".

El lugar, una zona escarpada y de difícil acceso fue elegido por Bernardo Montoya "con intención de que su cuerpo no fuera hallado y sin comunicar el paradero del mismo hasta su detención".

Agravante de género

La joven falleció aproximadamente a las 20,15 horas del día 13 de diciembre de 2018, siendo hallado su cuerpo el día 17 de diciembre de ese año en el mismo lugar donde fue abandonado.

La sentencia considera que, al causar a la joven las heridas que provocaron finalmente su muerte, el condenado "el condenado se valió de su superior fuerza física y de una extrema violencia", pues "la encerró y amordazó" con el objetivo de que no pudiera pedir auxilio, Además, le amarró las manos a la espalda, "consiguiendo con todo ello cometer estos actos, de manera que impedía efectivamente cualquier reacción defensiva" de la fallecida.

Asimismo, la sentencia también recoge que el acusado sometió a la joven a "padecimientos innecesarios y un sufrimiento más intenso que el que se requería para causarle la muerte". Al agredirla sexualmente, Montoya utilizó además "la violencia para conseguir su sumisión total a la satisfacción del deseo sexual, incurriendo en una conducta particularmente degradante para la mujer, de cosificación y dominación, que se corresponde con su propio concepto de los roles de género".

En la sentencia aparece recogido además que al ser detenido, el ahora condenado expresó a la Guardia Civil que la asaltó "debido a una fuerte atracción física" hacía la joven y que "su intención era mantener una relación sexual con ella".