El desmentido de la DGT sobre el mito de que el café reduce la tasa de alcohol y su aviso: multas de 1.000 €
La Dirección General de Tráfico recuerda que el consumo de alcohol es una de las mayores causas de accidentes y avisa de las cuantiosas multas que acarrea.
7 mayo, 2022 11:56Noticias relacionadas
Hay muchos bulos que circulan por la red que tratan de confundir a los conductores sobre determinadas cuestiones. Una de las mayores mentiras trata sobre si la tasa de alcoholemia se puede reducir tomando determinados alimentos pero, como puede resultar una obviedad, la respuesta es que no. La Dirección General de Tráfico (DGT) lo recuerda en sus redes sociales y avisa de las cuantiosas multas de hasta 1.000 euros que puede acarrear dar positivo en un control de drogas o alcohol. Otra infracción que conlleva una gran sanción es, por ejemplo, circular teniendo algunas enfermedades.
Según los datos del organismo, el consumo de alcohol y sustancias estupefacientes es una de las principales causas de accidentes de tráfico que solo es superado por las distracciones y el exceso de velocidad. Por eso, es imprescindible no coger el volante aunque te hayas tomado solo una cerveza. Y de nada te van a servir los trucos que se cuentan para engañar al organismo.
Con el objetivo de concienciar a todos los conductores sobre la importancia de respetar este ámbito y mejorar así la Seguridad Vial, la DGT ha lanzado una pregunta en su Twitter sobre si tomar café puede ayudar reducir esta tasa.
#TestDGT Tomar un café o un té ¿son estratregias eficaces para reducir la tasa de alcoholemia?
— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) May 5, 2022
A. No.
B. Sí.
C. No, pero masticar café en grano sí reduce la tasa de alcoholemia.#EducaciónVial pic.twitter.com/vM7o7xdc4v
Sanciones
Como bien es sabido y según se detalla en la Ley de Seguridad Víal vigente (Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre), una tasa superior a 0,50 mg/l de aire espirado (o más de 0,30 mg/l en el caso de conductores profesionales o noveles) supone una multa de 1.000 euros y la retirada de seis puntos del carné.
En cambio, si esa tasa oscila entre 0,25 y 0,50mg/l acarrea una sanción económica de 500 euros y la detracción de cuatro puntos en el carné de conducir. Se considera delito penal cuando la tasa supera los 0,60 mg/l y puede conllevar penas de cárcel de tres a seis meses y la retirada del permiso de conducir de entre uno a cuatro años.
A todo esto, se suma la tasa 0.0 de alcohol para menores que entró en vigor con la nueva reforma de la Ley de Seguridad Víal y que refleja que aquellos conductores menores de 18 años no se pueden beber ni una sola cerveza o se expondrán a multas de hasta 1.000 euros. En caso de que un conductor se niegue ante la autoridad a realizarse un test de alcoholemia puede verse sancionado con penas de prisión de entre seis meses a un año y, por supuesto, verse obligados a devolver el permiso de conducir.
En cuanto a dar positivo en un control de drogas está considerado como un delito contra el organismo de tráfico y puede suponer multas de hasta 1.000 euros.
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