Valencia

El caso de Ramón C. P., el ujier del parlamento valenciano acusado de matar a su hijo drogadicto, ha dado un giro de 180 grados. Todo apuntaba a un homicidio. Redujo al joven poniendo las rodillas sobre su pecho, y los investigadores contemplaban la asfixia como la principal hipótesis. El contexto también inducía a culparle. No avisó al 112, y envió a su mujer un truculento mensaje tras su muerte: "todo arreglado". Pero nada era lo que parecía. Murió de sobredosis, y el caso ha acabado archivado.

Así lo confirman a EL ESPAÑOL fuentes del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana. El Juzgado de Instrucción número 21 de Valencia dictó el pasado 13 de enero un auto de sobreseimiento provisional del caso contra Ramón, y el 21 de julio el mismo fue ratificado por la Audiencia de Valencia.

"Tras las diligencias practicadas, la magistrada consideró que no quedó debidamente acreditada la perpetración de ninguna infracción penal", precisa el TSJCV a este medio.

La defensa del ujier, ejercida por el letrado Mario Gil, apuntó desde el inicio que el joven de 21 años, Ramón C. S., que padecía graves problemas de adicción y era muy violento, pudo morir por las drogas que había consumido y no por la maniobra practicada por su padre. Y los informes científicos han demostrado con creces esta tesis.

Primero se pronunció la sección de psiquiatría del Instituto de Medicina Legal de Valencia, que confirmó en su informe forense la presencia de un cóctel letal de más de diez drogas entre los restos mortales del chico.

El cóctel letal

Los expertos, en concreto, detectaron "alcohol etílico, éster metílico de la ecgonina, cocaína, cocaetileno, benzoilecgonina, ketamina, norketamina, metilendioximetanfetamina (MDMA), EDDP (metabolito de metadona), metadona, olanzapina, diazepam, nordazepam, quetiapina y aminoclonazepam".

El dictamen de los especialistas excusó al ujier. Concluyó que Ramón C. P. desconocía "las posibles consecuencias letales de las maniobras de inmovilización que practicó, en este caso y en otras ocasiones anteriores". Y también valoró que la muerte se produjo "en el contexto de un estado afectivo intenso surgido como respuesta a estímulos poderosos procedentes del después fallecido". El hijo violó una orden de alejamiento para acceder a la vivienda del padre. Los días previos había causado graves desperfectos en la finca.

Dicho estado "tuvo repercusión en la conciencia de los hechos y, sobre todo, en la capacidad de autodominio, afectando de un modo importante a las bases psicobiológicas de su imputabilidad", según consideraron los expertos. Ante tal pronunciamiento del Instituto de Medicina Legal, la titular del Juzgado de Instrucción 21 de Valencia concedió al acusado la libertad provisional sin fianza.

Ramón se reincorporó de inmediato a trabajar en las Cortes Valencianas, donde encontró la comprensión y el afecto de la cámara. Tanto fue así que varios políticos habían ido incluso a visitarlo a prisión. El ujier ejercía en las inmediaciones del despacho del presidente de las Cortes Valencianas, Enric Morera (Compromís), pero fue reubicado a su regreso.

La autopsia refrendó después el análisis del Instituto de Medicina Legal. Tal y como anticipaba la defensa, en la muerte de Ramón C. S. influyó el brutal cóctel de drogas arriba enumerado. Ello, unido a que pesaba sobre el chico una orden de alejamiento por violencia en el propio domicilio, provocó el vuelco de lo que parecía inicialmente un claro caso de homicidio. La defensa solicitó el sobreseimiento, y la Fiscalía se unió a esta petición.

Ramón, en las Cortes Valencianas. EE

Los magistrados descartaron también que la maniobra de Ramón C. P. causara la muerte del joven. La misma fue descrita al detalle por el Instituto de Medicina Legal. "Estaba sentado sobre el tórax de su hijo con las rodillas inmovilizándole los hombros. Su hijo intentaba zafarse, pero no podía", recogió el informe forense.

"No sabe decir cuanto tiempo estuvo así sentado sobre él, cree que poco, no lo puede precisar porque no lo recuerda. Durante ese tiempo cree que su hijo sí estaba consciente y tratando de zafarse e insultándole a gritos, pero no tiene un recuerdo nítido de la escena", agregaron tras interrogar al acusado.

Fueron, sin embargo, los últimos minutos de vida del joven. "Cuando lo vio calmado, quieto, se levantó y se sentó en el sofá, y al ver que pasaba el tiempo y seguía estando quieto, escribió a su mujer con el móvil diciéndole que viniera. Dice recordar que le escribió 'ven', o 'tienes que venir'. Cree que ella le llamó y él le dijo 'tienes que venir, está quieto', sin recordarlo con nitidez", recogía el documento. La policía, en cambio, registró el truculento mensaje de Ramón a su mujer: "ya está todo arreglado".

Los jueces dieron por buenas las explicaciones de la defensa tanto sobre la maniobra como sobre la ausencia de un aviso a Emergencias. Consideraron que la postura de asfixia, aunque peligrosa, era un recurso que ya había utilizado en varias ocasiones para combatir la violencia extrema del chico, y que, tras la misma, el joven se quedaba relajado o dormido, inmóvil durante horas, a causa de las drogas que había consumido. Fue por ello que Ramón C. P. no avisó al 112, pero sí a su mujer para comunicarle que estaba "todo arreglado".

Violencia previa

"Así lo reducía y así lo calmaba. La última vez cree recordar que en mayo, no recordando los motivos de la discusión, cuando su hijo le golpeó en la cabeza con una pistola de plomillos y pusieron una orden de alejamiento", recogió el IML.

Además de las entrevistas con el acusado y del informe toxicológico de la víctima, los expertos del Instituto de Medicina Legal también tuvieron en cuenta otros "elementos de valoración" como "la abundante documentación policial, judicial y de Fiscalía de Menores relacionada con el fallecido".

Entre ella destacaban "atestados y partes de intervenciones policiales por daños en la comunidad de vecinos, por amenazas de muerte a sus padres y por malos tratos hacia los mismos".

Estos, sin embargo, "le protegen con sus declaraciones, argumentando que está enfermo y solicitando ayuda para su hijo". "También consta orden de alejamiento anterior a la vigente cuando suceden los hechos, con la solicitud de los progenitores para que sea retirada 'para poder cuidar debidamente a su hijo que está en tratamiento'", según precisaron los forenses. 

El fallecido, los días previos a su muerte, había vuelto a causar numerosos desperfectos en el edificio de la residencia familiar, ubicada en la calle José Aguilar de Valencia. Y se disponía a repetir los incidentes la noche de su muerte. "Esta noche vendrá a por mí la Policía", vaticinó minutos antes en el bar de abajo, según precisaron a este diario en el propio establecimiento. Era tal su violencia que la mujer de Ramón C. P. y otro hijo del matrimonio se refugiaban en otra vivienda "por miedo al hijo mayor".

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