Un coche arrastrado por la crecida del río Alberche en Aldea del Fresno (Madrid).

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Consumo

Cómo reclamar los daños provocados por la DANA en tu vehículo, tu vivienda o el campo

Si te has visto afectado por la DANA te explicamos los pasos que tienes que dar para solicitar las correspondientes indemnizaciones. 

4 septiembre, 2023 17:30

Las olas del calor del verano han dado paso a lluvias torrenciales provocadas por la DANA (Depresión Aislada en Niveles Altos) que durante este fin de semana ha puesto en alerta a gran parte de España. Y eso se ha traducido en inundaciones de campos, carreteras cortadas, personas atrapadas en vehículos y viviendas, y un servicio de trenes afectado con demoras y cancelaciones.

Ante esta situación anómala, son muchas las personas afectadas y que han sufrido daños en sus cosechas, viviendas y vehículos. Y la pregunta que surge es quién se hace cargo de ellos.

Cuando ocurre un fenómeno relacionado con la naturaleza, y según recuerdan desde Unespa, “el seguro te protege ya sea a través de tu aseguradora, del Consorcio de Compensación de Seguros o de Agroseguro”.

¿Qué hacer ante tormentas e inundaciones?

Desde la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), señalan que “los daños en vehículos o viviendas podrían estar en buena parte cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS), aunque lo primero es avisar a la propia aseguradora y recopilar pruebas de los daños”.

Por tanto, el primer paso es contactar con la compañía de seguros con la que se tiene contratada la póliza. Asimismo, es conveniente ponerlo en conocimiento del CCS lo antes posible.

¿Qué es el Consorcio de Compensación de Seguros?

EL CCS es una entidad pública empresarial adscrita al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital a través de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

Entre las múltiples funciones que desempeña están aquellas relacionadas con la cobertura de los riesgos extraordinarios, el seguro obligatorio de automóviles, el seguro agrario combinado y la liquidación de entidades aseguradoras.

Por tanto, es quien normalmente asume los costes de los desperfectos o las pérdidas sufridas en aquellas situaciones en las que los daños se relacionan con fenómenos naturales considerados de riesgo extraordinario.

¿Cómo solicitar la indemnización?

En el caso de llevar a cabo una reclamación ante la compañía aseguradora, o ante el CCS, es importante guardar todo aquello que se haya roto o deteriorado por estos fenómenos naturales hasta que aparezca el perito.

Si esos objetos están tan deteriorados que hay que deshacerse de ellos, es condición imprescindible llevar a cabo un inventario así como hacer las fotografías pertinentes para poder acreditar ante dicho perito que existían antes de sufrir el daño.

Se trata de recopilar todas las pruebas para poder demostrar el siniestro y sus efectos (informes de agencias u observatorios meteorológicos, recortes de periódicos, fotos, informes de emergencias, policía, protección civil, bomberos...). También es pertinente buscar testigos.

A la hora de ponerse en contacto con el CCS, se puede hacer mediante llamada telefónica (900 222 665) o bien online, a través de la web del organismo (https://www.consorseguros.es/).

Si la persona afectada necesita ayuda, el titular de la póliza debe contactar con su mediador de seguros. Asimismo conviene recordar que hay diferentes compañías que colaboran y ayudan en la gestión de solicitudes para agilizar los plazos de cobro.

¿Cubre el consorcio todos los riesgos?

La respuesta es no. Así, por ejemplo, el CCS aplica periodos de carencia (en determinados casos, siete días desde la vigencia de la primera póliza o de las siguientes si hay periodos entre medias sin cobertura) e indemniza atendiendo a lo contratado en la póliza privada.

Asimismo conviene recordar que, en el caso de que no se considere un daño extraordinario, algunos fenómenos de la naturaleza sí están cubiertos por el seguro de hogar, de la comunidad o del vehículo. En estos casos, es la aseguradora la que se hará cargo de los daños sufridos en caso de tener contratada la cobertura, según recuerda la OCU.

En el caso de automóviles, podrán reclamar los daños que no se consideren extraordinarios a las compañías de seguro los afectados que tengan contratado un seguro de daños propios en la modalidad de todo riesgo. En dicha modalidad suelen estar cubiertos de forma expresa los daños por granizo o como impacto o choque de objetos.

También pueden hacerlo quienes tengan un seguro con lunas, en caso de que hubiera rotura de ellas. En cualquier circunstancia, si el granizo o las tormentas han causado daños, la organización de consumidores recomienda revisar las condiciones del seguro y reclamar.

Por lo que respecta a las viviendas, algunos riesgos y fenómenos de la naturaleza (lluvia o granizo) sí están cubiertos por el seguro de hogar. Eso sí, cuando sin alcanzar la magnitud de riesgo extraordinario, superan una cierta intensidad.

Por último, y en el caso de daños en el campo, las personas afectadas serán indemnizadas por Agroseguro (www.agroseguro.es) en el caso de tener contratado un seguro. Así lo exponen desde Unespa que recuerda que “el seguro agrario en España está basado en la intervención conjunta de instituciones públicas y privadas, tiene carácter voluntario y se realiza bajo la fórmula de pool de coaseguro”.

En la actualidad, 18 aseguradoras forman parte del mismo y “cuenta con subvenciones estatales al productor para el pago de la prima”.

Otro de los inconvenientes provocados por la DANA fue el retraso y la cancelación de varios trenes de la red ferroviaria. En este caso, también se pueden reclamar. Renfe informó a través de un comunicado que permitiría realizar "cambios y anulaciones para aquellos viajeros que desistan de realizar su desplazamiento" sin ningún tipo de coste adicional. Del mismo modo, Renfe reforzó sus canales oficiales de información —redes sociales y SMS— para mantener a los clientes actualizados de cara a cómo pudiera evolucionar la situación de cara a las siguientes horas.