Louzán en los juzgados de Vigo.

Louzán en los juzgados de Vigo. EP

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Galicia

Se confirma la inhabilitación del expresidente de la Diputación de Pontevedra por prevaricar

La Audiencia ha ratificado la sentencia de Louzán, que estará inhabilitado durante 7 años, aunque lo ha absuelto del delito de fraude. La exalcaldesa de Moraña, Luisa Piñeiro, ha sido absuelta de todos los cargos

9 mayo, 2022 16:18

La Audiencia Provincial de Pontevedra ha absuelto al expresidente de la Diputación, Rafael Louzán, del delito de fraude por el que había sido condenado y ha confirmado la pena de siete años de inhabilitación para empleo o cargo público que le había impuesto el Juzgado de lo Penal nº3 de Pontevedra por cometer un delito de prevaricación. El expresidente habría cometido este delito al conceder a una empresa una subvención de 86.311 euros para realizar unas obras de mejora del campo de fútbol de Moraña que ya estaban ejecutadas.

El ente provincial ha estimado parcialmente el recurso del investigado, al igual que los interpuestos por el entonces director de Infraestructuras de la Diputación y el administrador y un empleado de la adjudicataria del proyecto, a los que ha absuelto de fraude. No obstante, han sido condenados como cooperadores necesarios de un delito de prevaricación, por el cual la Audiencia ha mantenido la pena de siete años de inhabilitación. 

Los jueces explican que prevaricaron al ponerse de acuerdo "en crear y desarrollar un procedimiento administrativo ficticio para que la Diputación abonara a la empresa unas cantidades que reclamaba por obras realizadas al margen del proyecto de una obra subvencionada por el organismo".  

El tribunal ha absuelto también a la exalcaldesa de Moraña, Luisa Piñeiro, y al arquitecto que firmó el proyecto del delito de prevaricación, pues entiende que la declaración de complejidad de la causa fue adoptada fuera de plazo y, por tanto, el procedimiento se dirigió contra ambos cuando ya había expirado el plazo de instrucción. Por tanto, estos dos últimos investigados han sido absueltos de todos los delitos, al igual que los dueños de las dos constructoras que accedieron a participar en el procedimiento negociado sin publicidad, pues solo habían sido condenados por un delito de fraude. 

Prevaricación

Al igual que la jueza de primera instancia, la Audiencia considera probado que la constructora a la que la Diputación había adjudicado en 2011 la instalación de hierba artificial en el campo de fútbol de Moraña y otras obras en edificaciones anexas, aumentó su coste en 86.816 euros. Al tratarse de una obra ejecutada con subvención, la legislación impedía rebasar el importe subvencionado, por lo que, para hacer frente a ese pago, "se ideó un sistema artificioso, en fraude de ley, tendente a abonar a la empresa el importe que reclamaba sobre el presupuesto aprobado".

Así, en 2013 se adjudicó de forma irregular otra obra a la misma constructora por ese importe, en concreto, las mejoras en el vestuario y las gradas del campo de fútbol, a pesar de que parte de ellas ya habían sido realizadas. 

"Se prescindió absolutamente del procedimiento legalmente establecido", subraya el tribunal, quien indica que no se ha acreditado el delito de fraude porque entiende que "no ha existido perjuicio ni riesgo de perjuicio para la Administración". Además, recalca que tampoco se ha probado que la actuación de los acusados "fuera dirigida a defraudar al patrimonio de la Administración".

En cuanto al expresidente de la Diputación, incide en que prevaricó al votar a favor del acuerdo de conceder la subvención "a sabiendas de que era ilegal y arbitrario porque respondía a un artificio para, burlando las barreras de la normativa, satisfacer las reclamaciones de la contratista, infringiendo el deber de transparencia y no protegiendo los derechos de la Administración". Contra la sentencia cabe interponer recurso de casación.