Sesión ordinaria del pleno de la Diputacion de Ourense.

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Archivan la causa abierta por prevaricación contra Baltar y diputados del PP y DO

Todo fue a raíz de una querella presentada por el portavoz del PSOE de la Diputación de Ourense, Rafael Rodríguez Villarino

11 enero, 2023 17:19

El Juzgado de Instrucción número 1 de Ourense ha acordado el sobreseimiento y archivo de la causa abierta por prevaricación contra el presidente de la Diputación Provincial de Ourense, José Manuel Baltar, y los portavoces del PP y Democracia Ourensana (DO) en 2020 a raíz de una querella interpuesta por el portavoz del PSOE en el ente supramunicipal, Rafael Rodríguez Villarino.

El motivo fue el impedimento a la petición de compatibilidad entre su cargo en la institución y su puesto de profesor en el campus ourensano de la UVigo.

El magistrado explica en el auto, contra el que cabe presentar recurso, que "en ningún caso puede ser considerado como groseramente contrario al ordenamiento jurídico" el hecho de que los grupos provinciales de los querellados rechazasen la solicitud del diputado provincial del PSOE en régimen de dedicación exclusiva de compatibilidad de su cargo con el desempeño de un puesto de profesor en la sede ourensana de la Universidade de Vigo.

En la resolución, destaca que la ley 53/1984, en la que se regulan los presupuestos necesarios para el reconocimiento de una compatibilidad como la interesada por el querellante, establece que ese reconocimiento "no es un acuerdo reglado que se puede realizar con el cumplimiento de unos determinados requisitos, sino que es una excepción que el órgano competente puede reconocer a uno de sus miembros cuando se cumplan los requisitos exigidos en esa ley y, además, el interés público así lo aconseje".

Cambio de opinión respecto a 2019

El instructor afirma que la resolución adoptada por la Diputación Provincial de Ourense el 31 de julio del 2020 al denegarle la compatibilidad "no tiene un carácter que choque frontalmente y de forma injustificable con el contenido de la norma legal aplicable, puesto que es perfectamente entendible que los diputados provinciales que votaron en contra de la solicitud entiendan que no concurre un interés público que justifique la petición".

Así, incide en que es "perfectamente posible que se produzca un cambio en la opinión de los diputados provinciales y que estos consideren que el interés público que existían el año 2019 ahora mismo ha dejado de existir o, simplemente, que la decisión que tomaron en el año 2019 ahora no la consideren ajustada a derecho".

El magistrado considera "significativo" lo manifestado en el debate previo a la votación del pleno por el portavoz del PP, quien afirmó que el solicitante (el diputado del PSOE) no merecía la compatibilidad porque, a su juicio, no cumplía la exclusividad que tiene reconocida en la Diputación.

En el auto también indica que el diputado provincial de Democracia Ourensana apuntó en ese debate previo que cuando a algún diputado se le reconoce la compatibilidad "se le está haciendo un favor" y que por el comportamiento del interesado prefería "no hacerle este favor".

Esa afirmación, según el instructor, es "totalmente compatible con lo que ya había manifestado en el pleno celebrado en el año 2019 con carácter previo a reconocerle en aquel momento al ahora querellante la compatibilidad que ahora se deniega, pues ya entonces puso de manifiesto que era injusto".

Villarino anuncia que recurrirá

El portavoz socialista en la Diputación de Ourense, Rafael Rodríguez Villarino, ha anunciado que interpondrá recurso contra esta decisión judicial al "no compartir" los argumentos del titular del juzgado y no "haber citado a declarar" a los querellados.

Para Villarino, existen "indicios" de que se adoptó una "decisión injusta a sabiendas" y que la negativa fue "como venganza" ya que contaba con "informes técnicos y propuesta de resolución favorables" para que se aceptase la compatibilidad laboral como docente universitario.

Además, ha subrayado que esta negativa, acordada en el pleno provincial de julio del 2020, fue anulada por la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.