Manuel Baltar, presidente de la Diputación de Ourense.

Manuel Baltar, presidente de la Diputación de Ourense. Agostime-Europa Press

Provincia de Ourense

El Supremo condena a Baltar por conducir a más de 200 km/h y le retira el carnet durante un año

Fue juzgado por conducir a 215 km/h en la A-52 al volante del coche de la Diputación de Ourense

Más información: Baltar niega ante el Supremo haber conducido a 215 km/h en la A-52: "Nunca superé los 200"

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El senador del PP José Manuel Baltar ha sido condenado por el Tribunal Supremo como autor de un delito contra la seguridad vial por conducir a más de 200 kilómetros por hora (k/h) en la autovía A-52 en abril de 2023. 

En la sentencia, los magistrados de la Sala de lo Penal sostienen que "sin lugar a ninguna duda, a la vista de las pruebas practicadas", Baltar condujo el vehículo de la Diputación de Ourense por encima de la velocidad límite permitida, que se fijaba en dicho tramo de la A-52 en 120 k/h. 

Los magistrados llegan a esta conclusión tras aplicar el margen de error del 5% en la velocidad captada por el radar, tal y como establece la normativa sobre control metrológico del Estado para los cinemómetros de tipo estático, así queda probado por el resultado arrojado que Baltar "circulaba, al menos, a 204 Km/h”.

El tribunal señala que "las dudas iniciales de los agentes, que no contaban con el preciso margen de error, no puede servir para bloquear lo que es una verdad incontestable, como lo es que circulaba a más de 200 Km/h por la autovía limitada a 120 Km/h. 

Por último, la sentencia afirma que en la prueba documental consta el oficio de fecha 14 de mayo de 2024, remitido por la Jefatura Provincial de Tráfico de Zamora, en donde se refleja lo siguiente: "Esta Jefatura mantiene en suspenso el procedimiento sancionador número 490601223948 en materia de Tráfico a la espera de la oportuna resolución judicial, sobre si los hechos denunciados pudieran ser constitutivos de un delito contra la seguridad vial".

Por todo ello, el tribunal concluye que los hechos son constitutivos de delito, por lo que atiende a la petición de multa y retirada de carnet de conducir que planteó la Fiscalía. Así, el dirigente tendrá que abonar una multa de 1.800 euros y quedará sin carnet de conducir durante un año y un día.

Hechos

El senador del PP fue juzgado por el Tribunal supremo por un delito contra la seguiridad vial. Los hechos por lo que se le juzgó se remontan al 23 de abril de 2023, cuando fue interceptado, según el informe definitivo de la Guardia Civil de Tráfico, a 215 kilómetros por hora en la A-52, a su paso por Asturianos (Zamora), al volante de un coche de la Diputación de Ourense, de la que entonces era presidente.

Durante el juicio el senador insistió en que los agentes en ningún momento le dijeron que sería investigado en un procedimiento penal y en que no había llegado a superar los 200 km/h.

"Me dijo el agente notificador que el radar había notificado 215 k/h y que si hubiera sido 216 k/h me hubiesen abierto un atestado (por un presunto delito), pero que era una sanción administrativa. Eso fue lo que se me notificó. Y una vez que dije que renunciaba a recurrir, me dijo: 'Prosiga", narró. 

Para la Fiscalía, el conocimiento de que se le había impuesto una sanción administrativa permite "hablar de un reconocimiento de culpa".