Edificio de la Audiencia de Pontevedra en Vigo.

Edificio de la Audiencia de Pontevedra en Vigo. Google Maps

Provincia de Pontevedra

Pena de tres años y 10 meses a una enfermera de Vigo que entró al historial de su expareja

La sanitaria accedió a la historia clínica en el caso de su excompañero sentimental en 196 ocasiones, y otras 124 veces a la de la pareja de éste

31 julio, 2023 13:57

Una enfermera del Servizo Galego de Saúde (Sergas) en Vigo ha sido condenada a una pena de tres años y diez meses de prisión por acceder, hasta en 196 ocasiones, a la historia clínica de su expareja. La sanitaria también entró al historial de la pareja del afectado otras 124 veces. Además, la sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra la obliga al pago de una multa de 4.050 euros por unos hechos que ocurrieron entre el 17 de enero de 2016 y el 17 de octubre de 2019, y la inhabilita durante nueve años para el ejercicio de la profesión. Tampoco podrá acercarse a los perjudicados durante un periodo de tres años.

Con respecto a lo anterior, el tribunal ha considerado a la enfermera culpable en dos delitos de revelación de secretos, aunque tuvo en cuenta en ambos la atenuante de reparación del daño, ya que consignó 12.000 euros en favor de los damnificados en concepto de "indemnización" por daños morales. Se ha apreciado la agravante de parentesco con relación a la expareja.

Por contra, la Audiencia ha absuelto a la condenada del delito de descubrimiento de secretos que le imputaba la acusación particular en relación su hija, pues realizó 134 accesos "sin justificación asistencial" a su historia clínica electrónica. Pese a no haber informado de ello a su padre, el tribunal subrayó que los llevó a cabo mientras era menor edad y la acusada ejercía sobre ella su patria potestad y ostentaba su guarda y custodia.

Por último, los jueces consideraron probado que la acusada carecía, en todas las ocasiones, del consentimiento "expreso o tácito" de los denunciantes, así como de "una justificación asistencial". Así, destacan en la sentencia que se guió, "en todos y cada uno de los accesos", por el ánimo "de invadir la esfera más personal e íntima" de los perjudicados.