Planta de Stellantis en Vigo en una imagen de archivo.

Planta de Stellantis en Vigo en una imagen de archivo. Marta Vázquez Rodríguez / EP

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Reconocen el derecho de una trabajadora de Stellantis Vigo a aumentar su jornada

El TSXG también condena a la empresa a indemnizar a la empleada en más de 6.000 euros por daños morales

6 enero, 2024 10:39

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha estimado un recurso de suplicación interpuesto por una trabajadora de Stellantis Vigo, a la que ha reconocido el derecho a aumentar su jornada (que era reducida por motivos de conciliación). Además, la empresa deberá indemnizarla en más de 6.200 euros por daños morales.

La trabajadora, afiliada de la CUT, contaba con jornada reducida, de 12:00 a 16:00 horas, por motivos de conciliación tras el nacimiento de su hijo. Cuando el niño creció solicitó que se ampliase en una hora su horario, pero la compañía rechazó su petición alegando que no encajaba en el sistema vigente conforme al acuerdo colectivo de conciliación de Stellantis Vigo, tal y como recoge Europa Press.

La empleada llevó el asunto a los tribunales. Un juzgado de lo Social de Vigo dio la razón en primera instancia a la empresa, pero el TSXG ha revocado la sentencia tras la presentación de un recurso de súplica. Así, se ha reconocido su derecho de pasar de un 50 a un 62,5% de jornada hasta que su hijo cumpla 12 años. El tribunal expone que la empresa se limitó "a una negativa absoluta" cuando la trabajadora solicitó el cambio de jornada y no se tramitó su petición, "en clara obstrucción a su derecho".

El TXSG también señala que "no son admisibles" los argumentos de la sentencia de instancia porque, además de tenerse en cuenta la regulación de aplicable en este caso, deben ponderarse otras circunstancias, como si la denegación de la solicitud podía ser un obstáculo para la conciliación. Al respecto, ha subrayado que "la dimensión constitucional debe prevalecer" y que no ha sido "debidamente tutelado el derecho fundamental de la trabajadora".

Además, Stellantis deberá inmdenizar a la trabajadora en 6.251 euros por daños morales, además de pagarle 267,56 euros al mes desde febrero de 2021 (momento en que solicitó el cambio de jornada) por daños patrimoniales y 750 euros en concepto de honorarios de su letrado. Contra esta resolución cabe recurso de casación para la unificación de doctrina. La empresa ha confirmado que impugnará la sentencia.