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Región

Los médicos quieren cotizar las guardias como bomberos y policías

9 octubre, 2018 14:55

"Las guardias son obligatorias para los médicos y suponen un incremento amplio de la jornada laboral total. Sin embargo, todas estas horas de trabajo a mayores no contabilizan ni para la cotización, ni como tiempo productivo de cara a la jubilación". Así resume el sindicato médico CESM una reclamación que lleva realizando desde hace una década, que se apliquen los mismos índices correctores que a los policías o los bomberos, profesiones donde también se hacen guardias.

El sindicato médico CESM denuncia que las guardias son el más claro ejemplo de escarnio laboral y retributivo que padecen en la actualidad los facultativos. Así, argumenta que si se pagaran con arreglo a lo que cobran otros trabajadores sanitarios por jornada extraordinaria (1,7 en relación con la ordinaria), deberían percibir no menos de 50 euros por hora, mientras que la media actualmente en el Sistema Nacional de Salud es de 14 euros.

“Además resulta que son obligatorias y no cuentan a efectos de jubilación”, añade el sindicato médico, constatando que las plantillas no sólo no están bien planificadas en cuanto al número de profesionales que se necesitan, sino que también sufren un altísimo grado de precariedad en el empleo y soportan una pérdida retributiva acumulada desde el año 2010.

Y es que la rebaja y posterior congelación salarial, unidos a la subida del Índice de Precios al Consumo (IPC) y al aumento de la presión fiscal, llevan a que el deterioro del poder adquisitivo de los médicos se haya deteriorado en torno a un 35% de media. Ahí se incluyen entre otros aspectos las pérdidas atribuibles a los recortes de 2010 (8%), el aumento de jornada en 2,5 horas y media sin contrapartida económica llevado a cabo en 2012 (7%), la congelación salarial mantenida frente a la subida del IPC (9%), el aumento de la presión fiscal (4%) y los recortes atribuibles a las comunidades autónomas (5%).

A ello se añade, según CESM, que es muy complicado hablar de salario médico en términos absolutos, ya que solo una pequeña parte, formado por sueldo base (13.441 euros anuales), complemento de destino (7.065) y pagas extra (2.560), es común a todo el territorio nacional, mientras que la mayor parte se construye en base a complementos (específico, dedicación exclusiva, dispersión geográfica, etcétera) y retribuciones variables (principalmente las guardias) que varían mucho entre comunidades. Incluso hay complementos, como la carrera profesional o las distintas modalidades de productividad, que ni siquiera están implantados en todas las comunidades autónomas. La conclusión es que las diferencias salariales entre comunidades superan los mil euros al mes.

Contra la precariedad laboral, CESM aduce también las recientes sentencias del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea, que califican de fraude de ley el recurso a los nombramientos de personal temporal en el sector de la sanidad pública cuando se trata de cubrir necesidades permanentes. En concreto, la sentencia dictada el 14 de septiembre de 2016 se señala que “es contrario al derecho comunitario que una vez creado, en su caso, el puesto estructural, y de conformidad con lo dispuesto en el Estatuto Marco, se provean las plazas estructurales con personal interino sin que se proceda a su revisión, pues, de lo contrario, la precariedad perdura”.