El Bocyl publica el retraso del toque de queda a las 22.00 horas y fija el cierre de los establecimientos no esenciales dos horas antes
El Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) publica hoy el acuerdo del presidente de la Junta por el que, en cumplimiento del auto dictado ayer por la Sala de lo Contecioso del Tribunal Supremo, el toque de queda se retrasa en la Comunidad hasta las 22 horas. Además, también se publica el acuerdo de la Junta en el que se fija el cierre de los establecimientos no esenciales a las 20 horas.
El acuerdo sobre el toque de queda, según se explica en el Bocyl, mantendrá su eficacia mientras permanezca la vigencia de la medida cautelar fijada el Tribunal Supremo y siempre que continúe declarado el estado de alarma. No obstante, también se indica que esta medida será objeto de seguimiento y evaluación continua con el fin de garantizar su adecuación a la evolución de la situación epidemiológica y sanitaria, por lo que podrá ser modificada o dejada sin efectos.
Por el contrario, respecto al cierre de establecimientos, se indica que el acuerdo entrará en vigor hoy a las a las 20:00 horas y se mantendrá en vigor hasta las 23:59 horas del día 23 de febrero, dado que esta medida, según se explica, se mantendrá o se modificará en función de la evolución de los indicadores sanitarios, epidemiológicos, sociales, económicos y de movilidad.
Las excepciones al cierre a las 20 horas no se aplicará a establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad; los centros, servicios y establecimientos sanitarios; los centros o clínicas veterinarias; los centros, servicios y establecimientos de servicios sociales cuya actividad no esté suspendida; y servicios de naturaleza análoga.
Tampoco afectará a los establecimientos dedicados a la venta de combustible para la automoción y calefacción; los servicios de alquiler de vehículos y estaciones de inspección técnica de vehículos; los comedores sociales y demás establecimientos para la entrega y reparto de alimentos con carácter solidario o benéfico; los velatorios; la práctica de la actividad deportiva permitida, así como aquellas actividades deportivas individuales al aire libre; los servicios profesionales, de seguros y de empleados de hogar; los servicios de transporte, tanto de personas como de mercancías, así como todos aquellos establecimientos, actividades y servicios que deban asegurar el mantenimiento de los mismos.
Finalmente, la Junta deja fuera del cierre a las 20 horas a los centros docentes, las universidades, las entidades de formación acreditadas, las escuelas municipales de música y danza y las actividades de restauración permitidas.