La Audiencia de Salamanca rebaja la pena a un condenado por tres violaciones por la ley del 'sí solo es sí'
De otra parte, la Audiencia condena a un hombre por tres violaciones mediante una sentencia revisada
15 marzo, 2023 15:04El pleno de la Audiencia Provincial de Salamanca acuerda revisar a la baja la sentencia firme, dictada el 30 de enero de 2018, que condena a un procesado por tres violaciones,
a las penas de doce años y ocho meses de prisión, de doce años y tres meses de prisión y de ocho años y tres meses de prisión, en el sentido de decretar que dichas penas quedan sustituidas, respectivamente, por las de nueve, ocho y siete años de prisión, por apliciación de la ley 'sí solo es sí', LO 10/2022, que le resulta más favorable.
Los hechos sentenciados ocurrieron en el mes de noviembre de 2009, y no pudieron ser juzgados en un tiempo prudencial inmediato por encontrarse el autor de los mismos en paradero desconocido.
Mantiene la condena por violación
La Audiencia condena a un marroquí a 12 años y tres meses de prisión por el primero de los delitos de violación, de 2 años de prisión por el segundo delito de robo y a ocho años y 3 meses de prisión por el delito de lesiones.
En torno a las 4 horas de la madrugada del pasado 11 de noviembre de 2009, la joven Elena , nacida en fecha en 1988, de nacionalidad sueca y con residencia habitual en Suecia, regresaba a su domicilio, sito en aquella fecha, en Salamanca, siendo seguida a corta distancia, por el procesado, mayor de edad y sin antecedentes penales entonces, en situación administrativa regular en España en aquélla fecha, de nacionalidad marroquí), y cuando aquella joven se introdujo en el portal del referido inmueble, dicho procesado aprovechó para entrar en el mismo tras ella.
Y, sin solución de continuidad, llevando oculto su rostro con un pasamontañas de color negro que le cubría toda la cara salvo los ojos, con ánimo de satisfacción de sus deseos sexuales, amenazó mediante la exhibición de un cuchillo a dicha joven, agarrándola por los brazos y exigiéndole que se desnudara de cintura para abajo, ante lo cual Elena , contra su voluntad y muy atemorizada por que el procesado llegó a ponerle el cuchillo en el cuello y en el vientre, y con riesgo para su integridad corporal, se desnudó de cintura para abajo, tras lo cual el procesado Gervasio la tiró al suelo y poniéndose encima de ella la penetró vaginalmente, llegando a eyacular, quedando restos de su semen en zona vulvar de su vagina, así como en la braga y pantalón que vestía Elena en el momento de producirse estos hechos.
Una vez consumado ello, y en el mismo contexto de intimidación, con intención de enriquecimiento ilícito se apoderó de un monedero de Elena (valorado en unos 12 euros) y que contenía unos 9 euros en metálico, así como de su teléfono móvil "Sony Ericson", con número de Imei NUM004 , que no ha podido ser tasado. Como consecuencia del ataque sufrido, no consta, ni viene objetivado, que Elena sufriera lesiones físicas o psíquicas.
2º - Con igual propósito libidinoso, dicho procesado, siguiendo idéntico modusoperandi , asimismo, tapado con un pasamontañas que le cubría toda la cara salvo los ojos, siendo las 5, 45 horas del 14 de noviembre de 2009 (es decir, a los pocos días de lo sucedido con anterioridad), siguió, esta vez, a la joven Ascension , nacida el NUM005 -1986, cuando ésta regresaba a su domicilio, sito en Salamanca, logrando entrar en el portal del inmueble tras la misma; y cuando la joven intentaba subir en el ascensor hacia su vivienda, portando un cuchillo o navaja la amenazó, llegando a colocarle la misma en el cuello, con riesgo para su integridad física, a la vez que le repetía que "solo te quiero follar, estate quieta", exigiéndole que se quitara las medias, a lo que accedió Ascension al temer por su vida.
Y como el procesado no consiguiera penetrarla analmente en el interior del ascensor, dadas sus reducidas dimensiones, la sacó fuera del mismo a empellones y la empujó contra la barandilla de la escalera, consiguiendo, entonces, tras dejarla desnuda, así penetrarla analmente, con utilización de preservativo, con eyaculación, no sin antes darle un beso y tocarle los pechos, quedando restos del semen de dicho procesado entre otros puntos, en la braga de esta mujer.
Antes de marcharse del portal también le sustrajo a la mujer un paquete de tabaco y su teléfono móvil con Imei NUM008 , el cual no ha podido ser tasado pericialmente, al desconocerse su marca, modelo, y antigüedad.
Por razón de las acciones del acusado, Ascension sufrió lesiones consistentes en tres equimosis en cresta iliaca izquierda, fisuras perianales sangrantes a las 6, 7, 10 y 12 horas, y equimosis entre las 10 y las 12; lesiones de las que tardó en curar 7 días de carácter no impeditivo para sus ocupaciones habituales, sin necesidad de tratamiento médico.
El tercer delito de violación por penetración anal en el portal de casa
Finalmente, con igual intención lasciva, sobre las 4,30 horas de la madrugada del siguiente día 18 de noviembre de 2009, Gervasio siguió a la joven Ruth, nacida en1983, y al igual que en los casos anteriores, al momento en que aquélla accedía al portal de su domicilio de Salamanca, penetró en el mismo y la abordó para, de inmediato, empujarla violentamente contra la pared que se halla enfrente al ascensor del inmueble, y luego de sujetarla, taparle la boca y la nariz, impidiéndola de este modo respirar, increpándola a fin de que no gritara, venciendo así, con fuerza física, los intentos de resistencia de la joven, tras todo lo cual, la desnudó de cintura para abajo y la penetró analmente, eyaculando fuera de su cuerpo, pero quedando restos del semen del acusado en la zona anal y en la zona de entrepierna de un "tanga", abandonando luego el lugar.
Ruth sufrió lesiones en región perianal, dos fisuras en mucosa situadas en una esfera horaria imaginaria a las 4 y a las 9, que curaron en un plazo de 4 o 5 días sin dejar secuelas; habiendo padecido, además, un trastorno adaptativo con síntomas de ansiedad de carácter leve, que no precisó de tratamiento psicológico o farmacológico, y que superó con el apoyo de personas muy cercanas a ella en un plazo de dos a tres meses.