Un municipio vallisoletano aumenta la cuantía de los vales para la compra de productos básicos
Ayudas para la compra de alimentos frescos de primera necesidad y productos de limpieza e higiene
1 febrero, 2022 10:36La Concejalía de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Medina del Campo, a través del Centro de Acción Social, consciente de que la subida de los productos para cubrir las necesidades básicas de alimentación e higiene, tiene como consecuencia el que muchas familias tengan dificultades para hacer frente a estos gastos, ha decidido subir la dotación económica de los vales destinados a la adquisición de estos productos que pasan a ser en el año 2022:
75 € mensuales para unidades familiares de un solo miembro (frente a los 50 € anteriores) 100 € para unidades familiares de dos miembros (frente a los 65 € anteriores) 150 € para Unidades Familiares de tres miembros (frente a los 85 € anteriores) 175 € para Unidades Familiares a partir de cuatro miembros (frente a los 100 € anteriores).
Este tipo de ayudas se destina fundamentalmente a la compra de alimentos frescos de primera necesidad y productos de limpieza e higiene. Es frecuente que una familia con dificultades reciba hasta tres vales durante tres meses, mientras se tramitan otros recursos y que se complemente este tipo de ayuda con la derivación a la Red de Alimentos que se proporcionan a través de Cruz Roja y Cáritas, entidades con las que el CEAS trabaja en red y en constante coordinación.
La ayuda para alimentación es una de las más solicitadas dentro la denominada “Prestación económica en situaciones de urgencia social”, junto con las ayudas para otros conceptos como los suministros energéticos o el alquiler de la vivienda. A lo largo del año 2021 se concedieron un total de 135 ayudas para situaciones de urgencia social.
Los requisitos para poder ser beneficiarios de estas ayudas vienen regulados en el Decreto 12/2013, de 21 de marzo, por el que se regula la prestación económica destinada a la atención de necesidades básicas de subsistencia en situaciones de urgencia social en la Comunidad de Castilla y León, así como en la Ordenanza municipal reguladora de la concesión de prestaciones económicas destinadas a la atención de necesidades básicas de subsistencia en situaciones de urgencia social, y son:
1.- ENCONTRARSE EN UNA SITUACIÓN DE URGENCIA SOCIAL Y NO PODER HACER FRENTE A GASTOS ESPECÍFICOS, CONSIDERADOS NECESARIOS PARA PREVENIR, EVITAR O PALIAR SITUACIONES DE EXCLUSIÓN SOCIAL.
2-ESTAR DOMICILIADO EN ALGÚN MUNICIPIO DE DE CASTILLA Y LEÓN CON AL MENOS 6 MESES DE ANTIGÜEDAD PREVIOS A LA SOLICITUD, Y ESTAR EMPADRONADOS EN EL MUNICIPIO DE MEDINA DEL CAMPO.
3.-LOS DESTINATARIOS ÚNICOS DEBERÁN ACREDITAR INDEPENDENCIA DE SU FAMILIA DE ORIGEN, AL MENOS, CON UN AÑO DE ANTELACIÓN AL INICIO Y CONTINUAR MANTENIENDO ESTA SITUACIÓN..
4.- NO SUPERAR EN INGRESOS ANUALES NETOS:
Unidades de 1 solo miembro: la cuantía equivalente a 1,2 veces el IPREM anual: 8,134,56€ (677,88 € mes)
Unidades de 2 miembros: Por el 1º miembro a cargo se incrementa en un 20 %: 9.761,47 € (813,46 € mes)
Unidades de 3 miembros: Por el 2º miembro se incrementa un 10% : 10.575,0 € (881,25 € mensuales)
Unidades de 4 miembros: Por el 3º y siguientes se incrementa un 5 %: 10.981,68 € (915,14 € mensuales)
Unidades de 5 miembros: 11.388,36 € (949,03 € mensuales).
Unidades de 6 miembros: 11.795,04 € (982,92 € mensuales)
Máximo de 1,8 veces el IPREM anual por unidad familiar: 12.201,84 € (1.016,82 € mensuales)
El cómputo de ingresos tendrá una minoración por la vivienda, los gastos de alquiler o por préstamo hipotecario hasta el 0.8 del IPREM anual (5.423,04 €/ 451,92 € mensuales)
*IPREM 2021: 564,90 € mensual y 6.778,80 € anual.
5- NO PODER CUBRIR LAS NECESIDADES BÁSICAS POR SUS MEDIOS, POR OTROS RECURSOS SOCIALES NI POR TERCEROS OBLIGADOS LEGALMENTE. EN CASO DE TENER DERECHO A PENSIÓN DE ALIMENTOS O COMPENSATORIA, BASTARÁ CON ACREDITAR QUE SE HAN HECHO LOS INTENTOS PARA RECLAMARLO O EL COMPROMISO DE HACERLO.
“Las ayudas destinadas a la atención de necesidades básicas en situaciones de urgencia social” son una prestación esencial y por lo tanto su reconocimiento tiene carácter de derecho subjetivo, siendo su provisión obligatoria con independencia del nivel de necesidad o índice de demanda. Su financiación en compartida entre la Gerencia de Servicios Sociales y el Ayuntamiento de Medina del Campo según se recoge en el Acuerdo Marco de Cofinanciación de los Servicios Sociales firmado entre ambas entidades.
La Concejal de Servicios Sociales, Nadia González Medina, quiere destacar la importancia del incremento de la cuantía de los vales de alimentación ya que el nivel de vida está subiendo y las familias más vulnerables se ven más afectadas por la subida de los precios. Además, con esta medida se pretende seguir apostando por este servicio esencial que recientemente ha sido reconocido como de excelencia.
La Concejalía de Servicios Sociales quiere recordar a la ciudadanía que cualquier familia que se encuentre en situación de necesidad puede solicitar estas ayudas en el Centro de Acción Social pidiendo cita con su Trabajadora Social en el teléfono 983 812170.