Juicio de la niña Sara en Valladolid

Juicio de la niña Sara en Valladolid POOL * EFE / Nacho Gallego / ICAL

Valladolid

El autor de la violación y muerte de la niña Sara en Valladolid no se beneficiará de la ley del ‘solo sí es sí’

La Audiencia de Valladolid no rebaja su condena

28 diciembre, 2022 13:22

La Audiencia de Valladolid ha informado de que Roberto H.H., condenado a prisión permanente revisable por la violación y asesinato de la niña Sara, de cuatro años, en Valladolid en agosto de 2017, no está en la lista de beneficiarios por las rebajas de condena. Todo, en  virtud de la aplicación de la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, más conocida como ‘Ley del solo sí es sí’.

Una decisión que como explica el escrito, al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL de Castilla y León, la ha tomado la Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia de Valladolid. Se produce después de que el órgano que condenó a la pareja en julio de 2019, tras el juicio popular, evacuara consulta a las partes personadas en la causa. Se recibió la negativa por respuesta, tanto de la fiscal como de la acusación particular, que consideran que esta reforma no es de aplicación al reo, ya que se le impuso la pena máxima.

Otras tres no rebajas de condena

La Audiencia de Valladolid ha informado de que tampoco se han beneficiado de esta rebaja otros tres condenados. En el primer caso, un hombre que fue condenado en julio del 24 de 2018 por un delito continuado de violación a la pena de trece años y siete meses de prisión, entre otras medidas.

Tampoco se le ha rebajado la condena a otro hombre responsable de un delito continuado de abusos sexuales con penetración vaginal sobre una menor de 16 años. Se le condenó a una pena de catorce años de prisión, entre otras medidas.

Por último, tampoco se ha rebajado la condena a otro hombre por un delito continuado de abusos sexuales con penetración vaginal sobre otra menor. Se le impuso una sentencia de 14 años de prisión, entre otras medidas.

“En las cuatro resoluciones, la Sala entiende que no procede la revisión de condenas”, apuntan desde la Audiencia Provincial de Valladolid.