Imagen de archivo de los juzgados de Zamora.

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Zamora

Condenado a 21 meses de prisión por estafa en Zamora: fingía ser empleado de una compañía eléctrica

Advertía a los propietarios de bares y panaderías que, de no realizar el pago de inmediato, se les cortaría el suministro eléctrico

11 junio, 2024 13:50

La Audiencia Provincial de Zamora ha condenado a un hombre a 21 meses y un día de prisión por un delito continuado de estafa, después de que en 2021 intentara engañar al menos cuatro propietarios de establecimientos de la provincia, entre ellos bares y panaderías. El acusado, además, tiene causas pendientes en otras provincias de España.

Según el fallo judicial, el hombre se hacía pasar por empleado de una compañía energética y llamaba a bares y panaderías, alegando que estos no habían pagado sus facturas de electricidad, que oscilaban entre 800 y 1.000 euros. El supuesto empleado advertía a los propietarios que, de no realizar el pago de inmediato, se les cortaría el suministro eléctrico. De los cuatro intentos de estafa registrados, uno de los propietarios cayó en la trampa.

Durante el juicio, que se celebró por videoconferencia debido a que el acusado se encuentra en prisión preventiva en otra Comunidad, el hombre manifestó su deseo de llegar a un acuerdo de conformidad. Además, afirmó haber abonado los 700 euros correspondientes a la responsabilidad civil, aunque la Audiencia no ha recibido confirmación de este pago hasta el momento.

El tribunal ha considerado como circunstancia atenuante la reparación del daño, condicionada a la presentación del comprobante de la transferencia realizada. En consecuencia, se ha llegado a un acuerdo de conformidad, ya que el acusado ha reconocido los hechos imputados.

La sentencia condena al hombre a una pena de 21 meses y un día de prisión, así como a la inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo que dure la condena.

Además, se le impone la obligación de indemnizar la víctima de la estafa, con 698,17 euros. Esta cantidad será actualizada conforme al interés legal del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil en caso de retraso en el pago. Las costas del proceso también han sido imputadas al condenado.

Ambas partes han manifestado su conformidad con la sentencia y han expresado su intención de no recurrirla, por lo que la resolución judicial ha sido declarada firme.