Anulan la multa de 601€ a un hombre que se encontraba en una gasolinera en el primer Estado de Alarma
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 3 de Valladolid ha anulado una multa de 601 euros impuesta a un hombre que se hallaba en una gasolinera durante la vigencia del primer Estado de Alarma.
El multado se encontraba el día 17 de marzo, sobre las 14.15 horas, en una gasolinera situado en la Avenida de Burgos de la capital vallisoletana, sin que justificara su presencia en ninguno de los supuestos permitidos para circular por las vías o espacios de uso público, establecidos en el artículo 7 del Real Decreto 463/2020, según la información del Gabinete de Prensa del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León recogida por Europa Press.
No obstante, en la sentencia se apunta que tal actuación no es sancionable pues el propio art. 7 permite la circulación de vehículos particulares por las vías de uso público para la realización de las actividades referidas en los apartados anteriores o para el repostaje en gasolineras o estaciones de servicio.
"El actor simplemente estaba en una gasolinera, y tal presencia puede responder a cualquiera de las excepciones previstas, sin que la denuncia haya explicitado qué se hacía allí (vgr. hinchar la bicicleta, ir a comprar alimentos*etc.)", señala la resolución.