La Junta aprueba una línea de ayudas para trabajadores mayores de 55 años despedidos por empresas en crisis o en situación de vulnerabilidad
La Consejería de Empleo e Industria de la Junta de Castilla y León publicó en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) de hoy las bases reguladoras de una línea de ayudas destinada a los trabajadores que, con 55 o más años de edad, estén afectados por la extinción de sus contratos de trabajo por proceder de una empresa en crisis, o que estén en situación de especial vulnerabilidad.
Las ayudas tienen por objeto paliar la situación económica de trabajadores con 55 o más años de edad que estén afectados por la extinción de sus contratos de trabajo por proceder de una empresa en crisis o que estén en situación de especial vulnerabilidad, en el ámbito de Castilla y León.
Se establecen así tres modalidades de ayudas. Por un lado, las dirigidas a financiar las cuotas a ingresar por el convenio especial que tengan suscrito o suscriban con la Seguridad Social. También se establece un programa de ayudas de pago único dirigidas a compensar a los trabajadores de la disminución del importe de la indemnización reconocida como consecuencia de una sentencia, auto, acto de conciliación judicial o resolución administrativa a su favor a causa de los referidos despidos o extinciones de contratos. Por último, se financian ayudas dirigidas a personas trabajadoras en situación de especial vulnerabilidad.
Para la primera modalidad de ayudas, la cuantía mensual de la línea de ayuda será el importe de la cuota a abonar por el convenio especial a la Tesorería de la Seguridad Social con el límite de 500 euros mensuales, siendo el límite total de la ayuda 12.000 euros. La duración de la ayuda será como máximo de 24 mensualidades consecutivas, dentro del período subvencionable que establezca la convocatoria correspondiente.
En cuanto a las ayudas para compensar a los trabajadores de la disminución del importe de la indemnización reconocida, la cuantía consistirá en una cantidad a tanto alzado, y que en ningún caso podrá superar la cantidad dejada de percibir en concepto de indemnización, pudiendo llegar a ser de 1.687 euros para trabajadores con una antigüedad en la empresa de entre tresy diez años, y de 2.437 euros para trabajadores con una antigüedad superior a diezaños.
Por último, para las personas trabajadoras en especial situación de vulnerabilidad, se destinan ayudas a financiar las cuotas a ingresar por el convenio especial que tengan suscrito o suscriban con la Seguridad Social en alguna de las diferentes modalidades contempladas con una cuantía mensual del importe de la cuota a abonar por el convenio especial a la Tesorería de la Seguridad Social, con el límite de 500 euros mensuales, siendo el límite total de la ayuda 12.000 euros.
Los interesados que reúnan los requisitos exigidos deberán presentar una única solicitud, debidamente cumplimentada en el modelo normalizado que se establezca en la convocatoria, junto con los demás anexos que han de acompañarla y que se encuentran a su disposición en la sede electrónica de tramitación de la Junta de Castilla y León.