Castilla y León

Castilla y León

Sanidad

Castilla y León prohíbe el consumo en barra, fumar en las terrazas y reuniones de más de 6 personas

15 octubre, 2020 12:48

El portavoz de la Junta, Francisco Igea, ha anunciado este mediodía que el Consejo de Gobierno de Castilla y León ha aprobado el endurecimiento de medidas para frenar el avance del COVID tras el progresivo aumento de casos.

Estas medidas, que serán efectivas en 24 horas (a medianoche de este viernes) incluyen la prohibición del consumo en barra en los establecimientos hosteleros de toda la Comunidad; las reuniones privadas de más de 6 personas y fumar en las terrazas "de manera radical". El vicepresidente ha anunciado, además, que se van a "intensificar" el control del cumplimiento de las medidas, así como el confinamiento en 24 horas de Salamanca capital.

Por otra parte, ha llamado al Gobierno ha obligar en todo el territorio las medidas acordadas en el Consejo Interterritorial de Salud y que "ejerza de una vez su obligación legal de gestionar las alarmas de la OMS y las previstas en la Ley de Salud Pública".

Sobre consumo de tabaco y asimilados:

  • No se podrá fumar en la vía pública o en espacios al aire libre, cuando no se pueda respetar una distancia de seguridad de, al menos, 2 m.
  • En ningún caso se podrá fumar en terrazas, veladores o similares.
  • Estas limitaciones serán aplicables también para el uso de cualquier otro dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas, cigarrillos electrónicos, ‘vapeadores’ o asimilados.

En cuanto a las reuniones de carácter social o familiares:

  • La participación en agrupaciones de personas para el desarrollo de cualquier actividad o evento de carácter familiar o social, tanto en la vía pública como en espacios públicos y privados, se reducirá a un número máximo de seis personas, salvo que se trate de convivientes y excepto en el caso de actividades laborales e institucionales o en el de actividades en que se establezcan límites o medidas específicas. Esta concreta medida será objeto de seguimiento y evaluación continua, cada catorce días naturales, con el fin de garantizar su adecuación a la evolución epidemiológica y sanitaria.

Por último, para el ámbito de establecimientos de hostelería y de restauración y sociedades gastronómicas, las nuevas situaciones quedan reflejadas así:

  • El aforo para consumo en el interior de los establecimientos a los que se refiere este apartado no podrá superar en mesa el 75% del aforo en el caso de salas de hasta 40 comensales y el 50% en el caso de más de 40 comensales.
  • El consumo dentro del local no se podrá efectuar en barra o de pie y deberá realizarse sentado en mesa o en agrupaciones de mesas, atendiendo a las recomendaciones de carácter general.
  • En todo caso, tanto en el interior de los locales como en las terrazas al aire libre deberá garantizarse una distancia mínima entre mesas o agrupaciones de mesas de 1,5 metros, con un máximo de seis personas por mesa o agrupación de ellas. La mesa o agrupación de mesas que se utilicen para este fin deberán ser acordes al número de personas, permitiendo que se respete la distancia mínima de seguridad interpersonal.”

Una vez en vigor estas medidas, los Servicios Jurídicos de la Junta de Castilla y León darán traslado de las mismas al ámbito judicial al objeto de solicitar su ratificación.