De las tres medallas olímpicas que Lidia Valentín ha conseguido en este último mes, sólo el bronce de Río 2016 ha llegado a estar en contacto con su cuello. Los escándalos de dopaje en el seno de la halterofilia han desterrado durante este tiempo a decenas de campeones y medallistas olímpicos en Pekín 2008 y Londres 2012, permitiendo así a la española hacerse virtualmente con el oro en los Juegos de hace cuatro años y con la plata, en los de hace ocho.
A falta de que el COI ratifique oficialmente la decisión de la Federación Internacional de Halterofilia de suspender a los deportistas que dieron positivo en sendas citas olímpicas, tanto el oro de Londres como la plata de Pekín serán de Lidia Valentín en los próximos meses. Sin embargo, ¿cuál es el motivo por el cual se destapan nuevos casos de dopaje casi una década después? O, dicho de otro modo, ¿por qué se analizan ahora las muestras de Pekín 2008?
Por sorprendente que parezca, no hay un procedimiento establecido, no hay un protocolo concretado por parte del Comité Olímpico Internacional para este tipo de casos. El COI va tomando sus decisiones a medida que avanza en sus investigaciones, que pueden ser sobre muestras tomadas pocos meses antes o varios años atrás.
El caso de Manolo Martínez quizás sea el más ilustrativo. El atleta finalizó cuarto en la final de lanzamiento de peso en Atenas 2004. Sin embargo, en julio de 2013, la IAAF informó del positivo del ucraniano Yuri Bilonog, ganador de la prueba nueve años antes. El COI tardó entonces cinco meses en ratificar la decisión de la federación de desposeer al atleta de su metal. Así, Martínez recibió la medalla de bronce en diciembre, dos años después de haberse retirado de la competición.
Tanto en el caso de Lidia Valentín como en el de Manolo Martínez, el COI simplemente se encarga de refrendar una decisión tomada por cada federación a instancias de la AMA (Agencia Mundial Antidopaje), aunque sin límite de tiempo. Eso sí, la AMA tiene la potestad de investigar a cualquier deportista hasta un máximo de diez años después de producirse la infracción.
Literalmente, el artículo 17 de la última versión del Código Mundial Antidopaje (publicado en el BOE el pasado 11 de marzo) especifica que "no se podrá iniciar ningún proceso por infracción de las normas antidopaje contra un Deportista o contra otra Persona a menos que ésta haya sido notificada de la Infracción de las Normas Antidopaje de acuerdo con lo establecido en el artículo 7, o se le haya intentado razonablemente notificar dentro de un plazo de diez años desde la fecha en la que se haya cometido la infracción alegada".
De lo anterior se extrae que, aunque no existe un período máximo para que la AMA analice la muestra de un deportista, el código sí impone un límite que especifica la prescripción de las presuntas infracciones. Esto es, que si en diez años no se ha abierto un proceso contra un deportista, el caso no podrá ser investigado o juzgado posteriormente a esa fecha.
Sin embargo, el problema a la hora de analizar las muestras antidopaje no surge de lo anterior. Se trata más de una cuestión de innovación tecnológica que permita encontrar sustancias prohibidas con mayor una fiabilidad. Es decir, que si los deportistas logran ocultar ciertas sustancias que a día de hoy son indetectables, la AMA tiene previsto guardar las muestras que considere durante el tiempo que crea oportuno. Aunque nunca más de diez años, que es el período tras el cual prescibirían las infracciones y tras el que no tendría sentido ni guardar las muestras ni analizarlas.
Así, la mayoría de los casos de dopaje retroactivo que se hacen públicos en la actualidad, no se conocen antes porque las muestras antidopaje no han sido reanalizadas (con nuevas técnicas que permiten desenmascarar sustancias ocultas) hasta ahora. Y ese es el motivo por el que hoy conocemos lo que sucedió en Pekín 2008 y por el que en los próximos cuatro años podrían salir a la luz nuevos casos de dopaje... de Londres 2012.