Teddy Bautista, absuelto de la "intromisión ilégitima en el derecho al honor" de la que le acusaba el arquitecto de Arteria
El ex presidente ejecutivo de la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), Teddy Bautista, así como la Fundación Autor y Arteria Comunicaciones Culturales SL, han sido absueltas de la demanda de "intromisión ilegítima en el derecho al honor" interpuesta por el arquitecto Santiago Fajardo y cuyo juicio se celebró el pasado 4 de junio.
Así lo ha hecho saber el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Majadahonda y su juez titular, Marcos Ramón Porcar. Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el juez considera que "no resulta prueba alguna que permita imputar participación del Sr. Bautista en las noticias publicadas en los días 17, 18 y 19 de mayo de 2011" y en las que se acusaba de "negligente" la ejecución del proyecto del arquitecto, a quien se le había encargado la ejecución del Auditorio Arteria-Al Andalus, en la Cartuja de Sevilla.
La sentencia recuerda que esta información se publicó a raíz de otro comunicado que a su vez había enviado previamente el arquitecto en el que imputaba a la entidad de gestión el impago de sus honorarios y "el incumplimiento" de sus contratos.
Se trata de la segunda de las cinco demandas presentadas por Fajardo contra Teddy Bautista, después de que un Juzgado de Madrid archivara el pasado mes de noviembre otra por un presunto delito contra la propiedad intelectual en relación a las citadas obras.
Libertad de expresión
El juez señala en la sentencia que no hay pruebas de que Bautista estuviese "detrás" de todas las noticias publicadas y que fuera la persona "que daba las instrucciones y por cuyas órdenes actuaban las demás personas". En este sentido, reitera que las manifestaciones contenidas en los medios de comunicación en las citadas fechas "no suponen una intromisión ilegítima en el derecho al honor que se pueda imputar a la Fundación Autor".
Además, el juez añade que el lenguaje utilizado "no es incorrecto" y que "se ajusta de forma bastante correcta al deseable tecnicismo necesario cuando se da una información en relación a conflictos entre partes con posibles implicaciones legales".
A este respecto, Marcos Ramón Porcar afirma que se trata de "información y libertad de expresión en relación a personajes de la vida pública, y de reflejar las versiones o posiciones de las partes en la controversia".
Por todo ello, el juez desestima "totalmente" la demanda presentada por Santiago Fajardo "con condena en costas al demandante" y notifica que cabe recurso de apelación contra esta sentencia.