Ojo cazadores: la Junta amplía el periodo de caza de algunas especies en Castilla-La Mancha
Este viernes, tras su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, entra en vigor la orden de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se fijan los períodos hábiles de caza y las vedas aplicables con carácter general a todo el territorio de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha para la temporada cinegética 2018-2019. Entre las novedades, la ampliación del periodo de caza del jabalí en los meses de junio, julio, agosto y septiembre.
Según recoge Europa Press, en el proceso de tramitación de la presente Orden se ha tomado en consideración la fenología y población de las aves declaradas cinegéticas en Castilla-La Mancha con el fin de determinar su estatus en la región y la idoneidad de incluirlas como especies cinegéticas para la presente temporada de caza.
Así, de acuerdo con los informes recopilados sobre fenología de la perdiz roja, los periodos hábiles para la modalidad de perdiz con reclamo se autorizan en función de si el municipio está en comarcas situadas por encima o por debajo de los 800 metros de altitud con el fin de no interferir con su periodo reproductor.
Considerando que uno de los periodos de caza de los machos de corzo comienza el 1 de abril de 2019, antes de la publicación de la correspondiente Orden para la temporada cinegética 2019/2020, se hace preciso su regulación en esta Orden. También, se establece un periodo para la caza de las hembras de esta especie en aquellos cotos que lo tengan autorizado en su plan de ordenación.
Como medida biosanitaria, de control de daños a la agricultura y a las especies silvestres y medida preventiva de accidentes de tráfico, es necesario reducir las poblaciones de jabalí, aumentando el periodo hábil de caza en los meses de junio, julio, agosto y septiembre, mediante la modalidad de esperas o aguardos en horario nocturno.
En este caso, en aquellos terrenos cinegéticos donde tenga presencia no habitual el jabalí, los órganos provinciales, a petición de sus titulares cinegéticos, podrán autorizar la celebración de batidas para la caza de esta especie hasta el 21 de febrero de 2019. De acuerdo con la extensión y características de la zona a batir, dichos Órganos Provinciales, fijarán el número máximo de cazadores y el de perros que intervengan en estas cacerías.
En esta orden, se incluyen también como especies comercializables las especies incluidas en el listado de especies cazables en Castilla-La Mancha y que a su vez estén incluidas en el Real Decreto de 15 de septiembre, por el que se determinan las especies objeto de caza y de pesca comercializables y se dictan normas al respecto.
De igual modo, se elimina el periodo hábil para control de zorro en aquellas modalidades de caza menor desarrolladas entre el 21 y el 28 de febrero, al desarrollarse en terrenos cinegéticos con sueltas de piezas de caza. Los controles aprobados se llevarán a cabo preferentemente por las personas encargadas de la vigilancia del terreno cinegético. El titular cinegético solicitante deberá comunicar a las Órganos Provinciales correspondientes el resultado de los mismos.
Por último, dicha Orden contempla la prohibición de cazar en los siguientes espacios de la provincia de Guadalajara: Laguna Honda, Laguna Llana de la Yunta, Laguna El Rubio y Laguna El Mojón.