Imagen de recurso de una camarera sirviendo una mesa.

Imagen de recurso de una camarera sirviendo una mesa. EFE

Albacete

Los 15 años de infierno de una camarera de Albacete: "Ojalá gastes tu salario en medicinas"

El Juzgado ha estimado que existe acoso laboral y ha condenado a la empresa a indemnizar a la trabajadora con 7.500 euros.

11 marzo, 2023 10:49

El Juzgado de los Social nº 1 de Albacete ha dado la razón a una trabajadora del sector de la hostelería en su denuncia por acoso laboral por parte de la empresa en la que trabajaba. La demandante, que alegaba que fruto de esta situación que se ha prolongado durante 15 años padece un trastorno depresivo mayor, recibirá 7.500 euros en concepto de daños y perjuicio por parte de la empresa.

Los detalles de este asunto los ha dado a conocer Comisiones Obreras (CCOO) Albacete, quien ha llevado el caso a través de la abogada Cristina Azorín, del Gabinete Jurídico del sindicato. 

Azorín, que ha comparecido en rueda de prensa junto a la coordinadora de la Federación de Servicios de CCOO Albacete Carmen Olivas, valoraba lo novedoso de esta sentencia, puesto que "aunque la justicia entiende que la situación de acoso laboral es difícil de demostrar porque tiene que ser una situación de hostigamiento que se dé más allá de seis meses de duración y a pesar de que los testigos y las pruebas no llegaban a acreditar el acoso", la jueza si reconce que el "trato degradante o lesivo que estaba sufriendo la trabajadora vulneraba el artículo 15 de la Constitución Española, por el hecho de dirigirle a la trabajadora comentarios  hirientes como “eres una inútil”, “no vales nada”, “eres una gilipollas”, “ojalá y te gastes el salario en medicinas”; entre otros, de manera reiterada en el tiempo". De este modo, entendió que "ese sentimiento de temor y de angustia provocado en la trabajadora era causa suficiente para extinguir el contrato".

Imagen de la rueda de prensa.

Imagen de la rueda de prensa.

"La jueza entendió que hay que poner en valor, en igualdad de condiciones, la situación de los y las trabajadoras y la de la empresa, y que la empresa debe procurar en todo momento, por la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, evitar este tipo de situaciones. Aquí lo que subyace es una enfermedad mental que está sufriendo la trabajadora, que finalmente terminó con la declaración de una Incapacidad Permanente por la que está cobrando una pensión por el deterioro y la enfermedad que ha sufrido única y exclusivamente en la empresa”, ha añadido Azorín.

Por último, Azorín ha subrayado la necesidad de que tanto por parte del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales como por parte de las empresas "se deben articular mecanismos que protejan a los y las trabajadoras frente a estas situaciones, y que tan importante es proporcionarles un casco o las medidas de seguridad para evitar accidentes, como un protocolo de actuación frente al acoso laboral cuando se dan este tipo de situaciones que también son evitables".