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Ciudad Real FINANCIACIÓN PARA PUESTOS DE SECRETARÍA E INTERVENCIÓN

Importante ayuda de la Diputación de Ciudad Real para los pueblos de menos de 2.000 habitantes

1 diciembre, 2020 10:19

La Diputación de Ciudad Real, presidida por José Manuel Caballero, ha puesto a la disposición de los ayuntamientos y EATIMs de la provincia menores de 2.000 habitantes que se encuentren agrupados una partida de 60.000 euros en ayudas para la financiación de puestos de Secretaría e Intervención.

A esta convocatoria, hecha pública por el área de Cooperación Municipal, que está gestionada por el vicepresidente Gonzalo Redondo, y que se enmarca dentro del Reglamento Regulador del Plan de Asistencia Económica y Cooperación Municipal y se efectúa por el procedimiento de concurrencia competitiva, podrán acogerse los Ayuntamientos y EATIMs de la provincia de Ciudad Real que se encuentren agrupados en el momento de la publicación de la convocatoria, siempre que las agrupaciones cumplan una serie de requisitos, según ha informado la Institución provincial en nota de prensa.

En primer lugar, ningún municipio o EATIM agrupado podrá tener una población superior a los 2.000 habitantes. Asimismo, el número máximo de entidades que podrán agruparse será de tres cuando la población agrupada no supere los 1.500 habitantes, y solo dos cuando la supere. El máximo de población conjunta de los municipios o EATIM agrupados no podrá superar los 2.500 habitantes.

Igualmente se establecen algunos límites de naturaleza económica del puesto de trabajo, como que el nivel de complemento de destino no podrá ser superior al 26 ni inferior al 22, o que la cuantía anual del complemento específico no podrá exceder de 20.000 euros anuales, ni ser inferior a 12.500 (dichas cantidades se entenderán referidas a 14 mensualidades).

En cualquier caso, para la percepción de la subvención deberá figurar el puesto de trabajo como desempeñado por un funcionario con habilitación nacional, mediante nombramiento definitivo, provisional, o comisión de servicios. De no ser posible su cobertura por funcionario con habilitación de carácter nacional, se admitirá su desempeño en régimen de interinidad, quedando excluidas expresamente las acumulaciones y desempeños accidentales del puesto de trabajo.

A la convocatoria podrán acogerse igualmente todos aquellos municipios que se encontrasen ya agrupados en fecha de 1 de enero de 2020, siempre y cuando reúnan los requisitos señalados anteriormente.

La cuantía máxima que puede obtener cada ayuntamiento será el equivalente a aplicar a lo que cada uno de ellos satisfaga en concepto del sueldo base, el 60%, no pudiendo superar para el 2020 la cantidad total conjunta el equivalente al 60% del sueldo base del subgrupo A1. En el supuesto de que el funcionario que lo desempeñe pertenezca al subgrupo A2 la cuantía de la subvención se ajustará al 60% del sueldo base correspondiente a este grupo.

En el supuesto de que el puesto de trabajo no estuviera cubierto todo el año natural, el importe de la subvención se acomodará proporcionalmente a los días que sí lo haya estado.

El plazo máximo de solicitud de esta convocatoria será hasta el 10 de diciembre de 2020 y se deberán presentar únicamente por vía telemática.