Toledo CCOO GANA UN JUICIO AL AYUNTAMIENTO DE PALOMEQUE (TOLEDO)

Condenan a un alcalde de la región por despedir injustamente a una trabajadora y difamarla públicamente

5 agosto, 2017 10:09

El juzgado de lo Social nº 2 de Toledo ha dado la razón al sindicato CCOO y ha condenado al Ayuntamiento de Palomeque a readmitir a una trabajadora del Plan de Empleo de 2016 que fue despedida mientras se encontraba en situación de baja médica a consecuencia de un accidente laboral. La sentencia declara nulo el despido por vulneración de los derechos fundamentales de la trabajadora y condena al Ayuntamiento, además, a indemnizarla con 3.000 euros por os daños morales causadas por la difamación pública de la que fue objeto por parte del alcalde.

La sentencia, contra la que cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, relata que la trabajadora sufrió un accidente laboral mientras realizaba labores de limpieza en las cunetas de la carretera, lo que provocó su baja médica. El Ayuntamiento de Palomeque despidió a la trabajadora cuando se encontraba en situación de baja por el citado accidente, reconociendo que el despido era improcedente, justificándolo por una supuesta reorganización de la plantilla y ofreciendo a la mujer una indemnización de 245,60 euros correspondientes a 33 días por año trabajado.

Por el contrario, la magistrada de lo Social señala que el despido de la trabajadora durante la baja causada por accidente laboral supone la vulneración de sus derechos fundamentales porque “lesiona el principio de Igualdad y la prohibición de discriminación, el derecho a la integridad física y a la salud, el derecho al acceso a las prestaciones de seguridad social (sanitarias y económicas) y el propio derecho al trabajo”. En consecuencia, declara el despido nulo y obliga al ayuntamiento a la readmisión de la trabajadora hasta la finalización de su contrato.

Nota pública del alcalde

Pero, además, la sentencia también condena al Ayuntamiento a abonar a la trabajadora una indemnización de 3.000 euros por haber causado un “evidente daño a su integridad moral” al emitir una nota pública, firmada por el alcalde de Palomeque, Fernando Ledesma (PP), difamando a la mujer ante todos sus vecinos.

En esa nota, según el relato de CCOO, el alcalde cuestionaba el origen laboral de la baja médica de la mujer e incluso ponía en duda la existencia de lesión alguna, todo ello sin prueba ninguna, como subraya la sentencia, y a pesar de haber reconocido previamente la improcedencia del despido.

“Si el Ayuntamiento entendía que la incapacidad temporal en la que se encontraba la trabajadora no era real o que esta realizaba actividades incompatibles con su recuperación, ese y no otro debía haber sido el motivo alegado en su carta de despido, permitiendo a la trabajadora defenderse; en lugar de articular un despido que es reconocido como improcedente para a continuación emitir una información difamatoria de la trabajadora, sin permitir a ésta articular defensa sobre los hechos que se la imputan”, subraya la sentencia.