La Justicia da la razón a los trabajadores de un albergue de la Junta en Toledo
El Juzgado de lo Social número uno de Toledo ha dado la razón al Comité de Empresa del Albergue de San Servando de la capital regional que, el pasado mes de julio, denunció a la Junta de Comunidades por "incumplimiento reiterado" del convenio colectivo del personal laboral.
Según consta en la sentencia, facilitada por el sindicato CSIF y contra la que cabe recurso de suplicación ante el Tribunal de Justicia de la región, la administración ha sido condenada "a llevar a cabo las actuaciones necesarias para el adecuado cumplimiento de lo dispuesto en el VII Convenio Colectivo para el personal laboral de la Junta".
En un comunicado, CSIF ha recordado que los trabajadores del Albergue de San Servando vienen sufriendo, desde 2012, "una constante carga de trabajo, tanto física como psicológica, derivada de la negativa del Gobierno regional a cubrir las plazas vacantes o las sustituciones que se producen por baja laboral, así como cambios frecuentes de turnos y días de libranza que alteran el calendario laboral e incumplen el convenio colectivo", según esta central.
Hechos denunciados
Los hechos denunciados por el Comité de Empresa -integrado por CSIF, STAS y CCOO- parten del uso "abusivo" del artículo 12 del convenio respecto al personal de Limpieza y Servicios Domésticos; incumplimiento del artículo 57 al no respetarse el descanso mínimo de 12 horas entre jornadas; e incumplimiento del artículo 72.2 c) referente al derecho del trabajador a conocer las fechas que le corresponden de vacaciones al menos dos meses antes de su inicio.
A este respecto CSIF recuerda que, ya en su día, el Comité de Empresa se negó a firmar el calendario laboral del centro porque no se ajustaba al convenio y, al no haber acuerdo por parte de la administración para su corrección, se denunció el pasado 11 de enero de 2017 ante la Comisión Paritaria.
Por otro lado, según consta en los hechos probados de la sentencia, la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, por requerimiento de la Inspección Provincial de Trabajo, "informó favorablemente el 28 de julio de 2017 la cobertura en el albergue de 4 vacantes de ayudante de cocina y 10 de servicios domésticos, de las que actualmente quedan pendiente de cubrir una vacante".
Dado que la sentencia no aclara si la administración tiene que cubrir dicha plaza, que también fue denunciada por el Comité de Empresa, la abogada representante de CSIF, Fátima Gutiérrez, ha solicitado al Juzgado una aclaración de ésta.