Piden prisión permanente revisable para los acusados de matar a un bebé
Un jurado popular decidirá sobre el caso en el que se reclama la polémica pena, introducida en 2015. Es la primera vez que la fiscalía de Madrid solicita esta medida.
14 diciembre, 2016 14:39La Fiscalía de Madrid acaba de instar por primera vez la imposición de la nueva pena de prisión permanente revisable, introducida en 2015 para los delitos contra la vida de especial gravedad. El fiscal ha pedido esa pena para una pareja a la que atribuye el asesinato de un niño de 20 meses, hijo biológico de ella.
La petición de esta pena, que ya se ha solicitado en otros lugares de España como Galicia, ha sido posible porque los hechos sucedieron en mayo de 2016, dos meses después de que la prisión permanente empezara a tener vigencia.
Según el escrito de acusación, la pareja formada por Katherine A. y John F., ambos residentes legales en España, convivían con el menor en su domicilio en Madrid. John había sido condenado por un delito de violencia de género y otro de quebrantamiento de condena.
Según el fiscal, bien de forma conjunta “o uno de ellos con la pasividad consciente del otro” no sólo descuidaron de manera “frecuente” los cuidados “necesarios” y “debidos” a la víctima, “sino que le hicieron objeto de malos tratos prolongados en el tiempo”. Ello le causó “numerosas” lesiones como fractura de codo izquierdo, hematomas en región supraciliar izquierda y en otras partes del cuerpo.
Fruto de esta conducta el menor fue ingresado el pasado 2 de mayo en el Hospital Gómez Ulla presentando un traumatismo con impotencia funcional en el brazo izquierdo y una luxación en el codo izquierdo por lo que fue derivado al Hospital 12 de octubre donde fue sometido a una intervención quirúrgica,
Una semana más tarde el menor vomitó en dos ocasiones, una delante de la pareja de su madre y otra frente a Katherine, “sin que los acusados le mostraran la debida atención y sin llevarlo a centro médico alguno”. Al día siguiente el bebé volvió a vomitar delante de la acusada que no hizo otra cosa sino llevarle a casa de su madre “donde estuvo durmiendo toda la tarde sin que se preocupara de llevarle al médico”.
Al ver que su hijo presentaba moratones en las piernas y que respiraba con dificultad, sobre las diez de la noche decidió llevarle de nuevo al Hospital Gómez Ulla. “A su llegada al hospital", señala el fiscal, "como consecuencia del maltrato continuado al que los acusados sometían al niño, éste presentaba una fractura distal del radio derecho, una erosión a nivel occipital derecho, otra en pabellón auricular derecho, múltiples hematomas en tronco superior (…), un hematoma en el testículo derecho, contusión con perforación en el intestino delgado y desgarro del mesenterio, que produjeron una peritonitis fecaloidea a consecuencia de la cual falleció a las 0:15 horas del día 11 de mayo de 2016”.
"La víctima, dada su corta edad y circunstancias de vida, era especialmente vulnerable y carecía de toda posibilidad de defensa frente a las agresiones de los acusados", sostiene el Ministerio Público, que ha dirigido su escrito de acusación al tribunal del Jurado que se encargará de juzgar este asunto. Al tratarse de un asesinato consumado, corresponde a ciudadanos legos en Derecho pronunciarse sobre la culpabilidad o no de la pareja.
La pena de prisión permanente revisable fue introducida en una reforma del Código Penal con el solo apoyo del PP y su desaparición es reclamada por la oposición parlamentaria.
Tal como está configurada ahora, no puede ser suspendida antes del cumplimiento de 25 años de cárcel, aunque a los ocho años existe la posibilidad de disfrutar de permisos de salida. Después de los 25 años, la pena debe revisarse cada dos años.