Tras varias semanas de peticiones y recursos por parte de la Abogacía del Estado (entre ellos uno acusándole de permitir filtraciones a la prensa), el juez Rafael Lasala, instructor de la investigación sobre la entrada en España de Brahim Ghali, líder del Frente Polisario, ha dirigido una dura respuesta a la defensa de la exministra Arancha González Laya para dejar claro que el caso está lejos de archivarse.
En su auto del 7 de octubre, el magistrado aborda la cuestión del registro del mandatario saharaui en el Hospital de Logroño con una identidad falsa, la de Mohamed Benbatouche, "bajo el pretexto de preservar datos íntimos sobre su salud". Esta excusa, para Lasala, "ofende a los profesionales sanitarios y administrativos de dicho hospital".
El juez tiene constancia de que el pasaporte falso empleado por Ghali fue emitido por las autoridades de Argelia el mismo día en que su avión le trajo a España, según figura en el documento, publicado este martes por EL ESPAÑOL.
Esta información, que consta en un oficio que obra en el sumario y que fue elaborado por la Brigada Provincial de Información de la Policía Nacional en Logroño, lleva al juez a pensar que los múltiples documentos asociados al líder del Polisario no son una mera coincidencia. "El índice de probabilidades de que las variaciones de identidad sean debidas a una casualidad se reducen al mínimo", llega a afirmar el titular del Juzgado de Instrucción Número 7 de Zaragoza.
El magistrado ha advertido de que no va a cerrar la investigación, y señala al Gobierno por vulnerar de manera "frontal" el reglamento Schengen: "Hay motivos hasta el momento para creer que no ha sido una mala o difícil interpretación la realizada de norma tan básica, sino una vulneración frontal de sus preceptos al haber pretendido su inaplicación, siendo ésta la razón por la que se cuestiona lo sucedido en sede penal y no en otra jurisdicción".
Decía también en su auto el magistrado que con la solicitud de sobreseimiento, la Abogacía del Estado estaba pidiendo "un juicio anticipado que sólo procedería en el caso de que 'el hecho' material fuera inexistente". "Algo que no es, así pues hasta la parte solicitante reconoce que ha existido", insiste.
La falsificación
Al igual que la entrada del líder del Frente Polisario permitida sin control de pasaportes, la falsedad documental es objeto también del procedimiento. Y ahí el juez no solo apunta a la gravedad que podrían tener los hechos. También anuncia que indagará para saber quién estuvo implicado tanto en la inscripción de Ghali en el hospital como en la confección del pasaporte a nombre de Benbatouche.
"En cuanto a la falsedad investigada", dice, "podría afectar a cuantos se hayan aprovechado de la misma, pero también a quienes hubieran consentido la utilización de cualquier documentación falsificada".
Lasala le reprochaba además a la abogada del Estado el hecho de que anticipase conclusiones precipitadas. Señalaba para ello su parcialidad a la hora de invocar el "5.2.a) del Código de fronteras Schengen".
Según ese artículo, "se permite que los Estados miembros puedan eximir de la obligación de cruzar las fronteras exteriores únicamente por los pasos fronterizos y durante las horas de apertura establecidas a personas o grupos de personas en el supuesto de que exista alguna necesidad especial".
A su juicio, la Abogacía del Estado realiza una interpretación sesgada al omitir que ese precepto se da siempre que esas personas "estén en posesión de las autorizaciones requeridas por el Derecho interno, pues dicho precepto continúa diciendo que no debe haber 'conflicto con intereses de orden público o seguridad interior de los Estados miembros'".