La Audiencia de Sevilla libra de la prisión permanente revisable a Ricardo G. 'El Pollino', a su padre Ricardo G.G. alias 'El Cabo' y a su esposa, Elisa F.M. No obstante, los tres tendrán que cumplir una condena de 40 años de prisión.
El juez considera probado que en septiembre de 2017 secuestraron, mataron a tiros y enterraron bajo hormigón en una fosa séptica, entre la bañera y el water, de una vivienda de Dos Hermanas a la pequeña Lucía, de seis años, a su madre Sandra, de 26 y embarazada de tres meses, y a su novio, el ciudadano turco Yilmaz Giraz. La niña aún estaba viva.
Señala además que lo hicieron por razones que se desconocen a ciencia cierta, pero probablemente por motivos derivados del tráfico de drogas. Durante la investigación judicial, 'El Pollino' señaló que el hombre fallecido le debía 30.000 euros y mantenían contactos telefónicos frecuentes.
En concreto, el magistrado Juan Romeo, recoge en la sentencia, a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL, la condena a estos tres miembros de un clan familiar por tres delitos de detención ilegal en concurso media con tres delitos de asesinato. También lo hace por un delito de tenencia ilícita de armas.
Por estos hechos les impone unas penas de 25 años de cárcel por cada uno de los asesinatos y otra de un año y medio por la tenencia ilícita de armas. Sin embargo, la sentencia fija el cumplimiento de una única condena de 40 años de cárcel para cada uno.
Además, el juez prorroga su estancia en prisión provisional hasta el 3 de octubre de 2037. En cuanto a los beneficios penitenciarios, ordena que los permisos de salida y la clasificación en tercer grado se referirán a la totalidad de las penas de prisión y les impone además una medida de libertad vigilada postpenitenciaria durante diez años.
Los motivos
Sin embargo, rechaza condenar a estos tres acusados a las penas de prisión permanente revisable que pedían el Ministerio Fiscal y las acusaciones al entender que no es aplicable el artículo 140.2 del Código Penal. El mismo castiga con esta pena máxima "al reo de asesinato que hubiera sido condenado por la muerte de más de dos personas".
No obstante, el presidente del tribunal se apoya en la tesis de José Manuel de Paul Velasco, que también fue magistrado de la Audiencia Provincial de Sevilla. Admite que por la doctrina mayoritaria procede imponer la citada pena como ocurrió en el conocido crimen de Pioz, pero considera que sólo es aplicable en el caso de que el procesado haya sido condenado con anterioridad por tres muertes más. Ellos eran la primera vez que se sentaban en el banquillo por un delito de sangre, sí lo habían hecho por tráfico de drogas.
En el caso de la muerte de la pequeña Lucía, al ser menor de 16 años sería una víctima de alta vulnerabilidad, pero el magistrado sostiene que ya se tiene en cuenta como agravante la alevosía en el crimen perpetrado. Por tanto no procede "considerar esta hipergravación punitiva en aplicación del principio 'non bis in idem', que prohíbe la misma agravación dos veces en el mismo hecho".
Los otros acusados
Sobre los otros acusados, eran siete en total, el juez ha acordado la absolución de la madre de 'El Pollino', mientras que a los dos secuestradores los condena a tres y cuatro años de prisión por un delito de detención ilegal. Le rebaja la condena a uno de ellos al apreciar la concurrencia de la agravante de "precio" y las atenuantes de confesión y de reparación del daño. También condena a dos años y once meses de cárcel a la intermediaria que puso en contacto al Pollino con uno de los secuestradores.
En cuanto a las indemnizaciones, la sentencia fija 110.000 euros para la madre de Sandra Capitán y la misma cantidad para el padre de la niña y la hija del turco asesinado. Por su parte, las dos hermanas de Sandra deben ser indemnizadas con 44.000 euros por la muerte de su hermana y sobrina.
Durante el juicio, 'El Pollino', su esposa, su padre 'El Cabo' y la mujer de éste y madre del 'Pollino' se desligaron de los crímenes, asegurando los dos primeros que incluso fueron objeto de "amenazas" y presiones por parte de los investigadores cuando prestaron declaración ante la Policía Nacional. Sin embargo, el juez considera probada su culpabilidad.
Los hechos
Tal y como relata el juez en la sentencia, 'El Pollino' contactó con la intermediaria para que localizara a una persona o personas que estuvieran dispuestas a secuestrar al ciudadano turco. Para ello, ella se puso en contacto con los dos condenados por detención ilegal. El precio acordado fue de 3.000 euros.
El ciudadano turco llegó a la vivienda donde ocurrieron los hechos sobre las 13,00 horas y al entrar los dos secuestradores se abalanzaron "sorpresivamente sobre él, le redujeron y colocaron cinta americana en las muñecas y tobillos", estando presentes los tres miembros del clan familiar de 'Los Cabo'.
De inmediato, los secuestradores comenzaron a golpear al turco por todo su cuerpo, pero como no facilitaba la información que deseaba, los tres principales condenados decidieron ir en busca de Sandra Capitán y de la pequeña Lucía.
Al regresar a la casa con la madre y la niña, los dos que habían secuestrado a la pareja de ésta se marcharon, mientras que los otros tres cometieron los crímenes. "Bien Ricardo G.G, bien Ricardo G.H, bien Elisa F.H., en presencia y con el apoyo de los otros dos, disparó un revólver del calibre 38 a la cabeza de Yilmaz, Sandra y de la pequeña Lucía", tras golpearlos reiteradamente.
Los dos primeros murieron en el acto mientras que la niña fue arrojada aún con vida a una fosa séptica que había en el cuarto de baño, de un metro de diámetro y una profundidad de unos dos metros. Allí fueron sepultados los tres cuerpos bajo varios metros de hormigón.
Para ello contrató a dos trabajadores de una cementera que, desconociendo los hechos cometidos, se personaron dicha vivienda. Al iniciar su trabajo 'El Pollino' les indicó que él materialmente iba a usar la manguera del hormigón para realizar el relleno que pretendía en la fosa séptica, terminando la obra a los dos días.
Fue uno de los secuestradores del turco el que, antes de ser detenido, reconoció haber participado en los hechos y facilitó la localización de los cuerpos, creyendo que aún estaban vivos. Facilitó de este modo también que sus familiares pudieran darles sepultura.