Aitana Mas, en el centro, en el pleno de constitución de las Cortes Valencianas.

Aitana Mas, en el centro, en el pleno de constitución de las Cortes Valencianas. CORTS

Comunitat Valenciana

El Gobierno valenciano vulneró la ley al decir que el PP "da la espalda" a la violencia de género

La Junta Electoral estima que la portavoz atentó contra el principio de "neutralidad institucional" en una rueda de prensa.

5 julio, 2023 20:19
Juan Nieto Javier Corbacho

La Junta Electoral Central (JEC) ha estimado parcialmente la reclamación formulada por el Partido Popular por las declaraciones que realizó la vicepresidenta valenciana en funciones y dirigente de Compromís, Aitana Mas, en las que aseguraba que el PP da la espalda a las víctimas de la violencia de género.

Mas realizó estas manifestaciones tras la lectura de una declaración institucional que tuvo lugar el pasado 16 de junio durante la rueda de prensa posterior al Pleno del Consell. En concreto, la dirigente insistió en que "es evidente que el Partido Popular ha dado la espalda a las mujeres y a los niños y niñas que han sufrido violencia machista y violencia de género".

Esta afirmación, "al ser efectuada en el curso de un acto institucional de carácter público, como es la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno, quebranta el principio de neutralidad institucional" que marca la legislación española, según ha concluido la Junta Electoral. 

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La resolución, a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL, recuerda que la jurisprudencia del Tribunal Supremo "ha declarado reiteradamente que la neutralidad de los poderes públicos constituye uno de los instrumentos legalmente establecidos para hacer efectiva la igualdad que ha de ser observada en el sufragio".

"En el presente caso, la utilización de un acto institucional, como es la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno, resulta contraria al artículo 50.2 de la LOREG [Ley Electoral], al haberse emitido durante la misma alusiones valorativas que descalifican a un partido de la oposición en materia de lucha contra la violencia machista", destaca la JEC.

No obstante, el organismo que vela por la limpieza de los procesos electorales subraya que estas manifestaciones deben considerararse espontáneas, dado que fueron realizadas en respuesta a preguntas de una periodista, "motivo por el que tan sólo procede declarar que su realización resulta contraria al artículo 50.2, sin que proceda la adopción de medida adicional alguna".

Así, no habrá más sanción que recordar a la representante de Compromís que "en futuros actos institucionales extreme su diligencia para evitar vulnerar el principio de neutralidad que los poderes públicos están obligados a respetar durante el proceso electoral".

El acuerdo es firme en la vía administrativa. Pero aún puede interponerse en su contra un recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación.

Negacionismo

El Consell en funciones aprobó una declaración institucional en la que calificaba de "inadmisible el negacionismo de la violencia machista", con alusión directa al acuerdo de gobierno alcanzado por PP y Vox, al tiempo que defendía que "la Comunidad Valenciana no puede convertirse en una tierra franca para el machismo".

A preguntas de los medios, Mas pidió al partido liderado por Carlos Mazón que aclarase su posición respecto al Pacto Valenciano contra la Violencia Machista y acusó al PP de "dar la espalda" a las mujeres y niños.

A raíz de ello, el Partido Popular denunció ante la Junta Electoral que "Aitana Mas utilizó el foro y su posición institucional para verter mensajes de marcado carácter electoralista con ataques directos al Partido Popular", lo que en opinión del partido vulneró la prohibición contendida en el artículo 50.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG).