Protección de Datos avisa a los partidos: es "ilegal" hacer perfiles ideológicos de los ciudadanos
- La agencia estará "extremadamente vigilante" y será "rigurosa" para que no se vulnere este derecho.
- La nueva ley Protección de Datos permite crear ficheros ideológicos de ciudadanos a los partidos políticos
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La presidenta de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), Mar España, ha advertido de que será "extremadamente vigilante" y "rigurosa" respecto al tratamiento de datos personales que lleven a cabo los partidos políticos y ha insistido en que es "ilegal" hacer perfiles ideológicos en base a las opiniones que viertan los ciudadanos en Internet y enviar propaganda segmentada en base a ese perfilado.
España se ha expresado así en un desayuno informativo, celebrado este jueves 22 de noviembre en la sede de la AEPD, y después de que el Pleno del Senado aprobara definitivamente el Proyecto de Ley Orgánica de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, en medio de la polémica por el artículo '58 bis' sobre utilización de medios tecnológicos y datos personales en las actividades electorales de los partidos políticos.
"La Agencia va a ser extremadamente vigilante y rigurosa en la aplicación de la normativa", ha afirmado España, para después aclarar que "entre sus funciones, la Agencia tiene la competencia de interpretar la normativa de protección de datos en base a las nuevas garantías establecidas en el Reglamento General de Protección de Datos", de obligado cumplimiento desde el pasado 25 de mayo.
En este sentido, la presidenta de la AEPD ha aclarado la interpretación que va a dar a la nueva ley es que "no se permite a los partidos políticos perfilar datos ideológicos, sexuales, de religión o de cualquier otro tipo, que los ciudadanos estén dando a través de su comportamiento en Internet o en las redes sociales".
Asimismo, Mar España ha avisado de que, según su interpretación, "tampoco se permite el envío de publicidad o propaganda electoral adaptada a un perfil ideológico". "No es la primera vez que la Agencia ha realizado actuaciones de investigación durante una campaña electoral y ha declarado una infracción, estableciendo la correspondiente sanción económica", ha asegurado.
Derecho de oposición
España ha aclarado que los ciudadanos pueden recibir propaganda electoral a través de medios tecnológicos como el correo electrónico o WhatsApp en periodo electoral de igual manera que en el buzón físico de un domicilio y sin que previamente tengan que dar su consentimiento. No obstante, ha apostillado que los partidos políticos "tienen que garantizar siempre el derechos de oposición de una forma clara, sencilla y accesible".
Según ha detallado Mar España, se podría permitir, por ejemplo, que los partidos políticos testen si en las redes sociales la preocupación por el cambio climático está siendo 'trending topic' y que puedan "adaptar sus programas electorales a esas preocupaciones" o "enviar a través de los datos que hayan obtenido en Internet publicidad o propaganda con el mismo carácter general" que lo enviarían a los domicilios, "y no personalizada" porque "no pueden hacer un seguimiento ideológico".
Además, la responsable de la AEPD ha concretado que después del periodo electoral "esa recopilación de datos que hayan hecho tendrán que destruirla" y ha asegurado que el incumplimiento de la normativa, de acuerdo con los criterios de Protección de Datos y los que establezca la Junta Electoral Central, pueden acarrear sanciones económicas para los partidos políticos que pueden alcanzar los 20 millones de euros en función de las circunstancias de cada caso.