Carteles de 'Se alquila' pegados en un edificio en Madrid.

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Política

La Ley de Vivienda de PSOE y Podemos entrará en vigor este viernes, dos días antes del 28-M

La ley de Vivienda es uno los grandes activos electorales del Gobierno junto a las 50.000 viviendas de la Sareb y los avales para compra vivienda. 

25 mayo, 2023 09:15

La Ley de Vivienda, una de las normas estrella del Gobierno de coalición de PSOE y Podemos, entrará en vigor este viernes, dos días antes de las elecciones autonómicas y municipales del 28 mayo.

El texto se ha publicado este jueves en el Boletín Oficial del Estado, después de casi tres años de negociaciones. La Ley de Vivienda fue aprobada el pasado 17 de mayo de forma definitiva en el Senado con el voto de PSOE, Podemos, ERC, Bildu, Más País, Compromís, Mès per Mallorca, Teruel Existe y ASG. 

Sin duda, esta ley es uno los grandes activos electorales de cara no sólo al 28 de mayo, también a las próximas generales. El Gobierno ha hecho de la vivienda, más allá de esta norma, uno de sus principales objetivos con varios anuncios electorales que van desde los 50.000 pisos de la Sareb que Pedro Sánchez anunció en abril hasta la compra de suelo al Ministerio de Defensa para construir vivienda asequible o avales públicos hasta el 20% de la hipoteca para jóvenes y familias de rentas bajas, medida rechazada por Podemos.

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El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha celebrado este jueves en sus redes sociales la publicación de esta norma en el BOE. "La vivienda en un derecho y no un bien de lujo. Cumplimos", ha escrito. 

Claves de la Ley de Vivienda

La primera Ley estatal de Vivienda en la historia de la democracia cuenta con medidas como nuevos límites a la subida del precio del alquiler en toda España, permite rebajar la figura de gran tenedor de vivienda de 10 a cinco inmuebles en determinados casos e impide a estos propietarios desahuciar a inquilinos vulnerables sin un acto de conciliación o arbitraje previo. 

Para este año se mantendrá el tope del 2% en la subida de los alquileres, porcentaje que aumentará al 3% en 2024. Para 2025 se creará un nuevo índice de referencia que será elaborado por el Instituto Nacional de Estadística.

Por otro lado, la ley incorpora cambios en la definición de "gran tenedor", que en las zonas tensionadas serán aquellos con cinco o más inmuebles y que deberán fijar la renta en función del sistema de índices de precios de referencia.

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También introduce un importante novedad: los honorarios de las inmobiliarias, y que suelen corresponder a un mes de alquiler, debe pagarlos el casero. Además, los propietarios no podrán aumentar los alquileres con nuevos gastos, como comunidad o tasas de basura, por ejemplo. 

Asimismo, se prohíbe pagar en metálico el alquiler. No obstante, se deja margen a seguir usando efectivo si una de las partes no tiene cuenta bancaria ni acceso a medios electrónicos de pago.

La norma prevé recargos de entre el 50 y el 150% en el IBI para las viviendas que lleven vacías más de dos años, con el fin de impulsar el alquiler.

Además, la Ley de Vivienda introduce una batería de medidas para dificultar los desahucios de personas en situación de vulnerabilidad económica, especialmente cuando el arrendador es un gran tenedor. De este modo, los desahucios no podrán realizarse con una hora y una fecha predeterminada y se posibilita una prórroga extraordinaria de un año en los contratos de arrendamiento por situaciones acreditadas de vulnerabilidad.

En materia fiscal, se establece una mejora de la regulación del IRPF para estimular el alquiler de vivienda habitual a precios asequibles, a través de la modulación de la reducción del rendimiento neto del alquiler de vivienda habitual. Para ello, se establece
en los nuevos contratos de arrendamiento un porcentaje de reducción del 50%, que podrá incrementarse en función de determinados criterios -zona tensionada, rehabilitación-.

La Ley también contempla el impulso de la vivienda protegida en alquiler a precio limitado. Se establece un porcentaje mínimo del 50% para vivienda en alquiler dentro del suelo de reserva para vivienda protegida. Además, se incrementan los porcentajes de reserva de suelo para vivienda protegida, del 30 al 40% en el suelo urbanizable (actuaciones de nueva urbanización), y del 10 al 20% en suelo urbano no consolidado (actuaciones de reforma o renovación de la urbanización).