Sánchez abre la puerta a un concierto económico al pactar con Junts derechos forales del régimen local
Restablecería las veguerías con los "derechos históricos" previos al Decreto de Nueva Planta de 1716, tal y como hacía el Estatuto de Autonomía de Cataluña de 2006 en su parte inconstitucional.
12 enero, 2024 02:40Ninguna de las ocho concesiones que el PSOE hizo el pasado miércoles a Junts para salvar sus decretos fue explicada con concreción por las partes. Pero quizá la más críptica es la que compromete al Estado a "reconocer los derechos históricos de Cataluña en materia de régimen local".
Todas las fuentes consultadas coinciden en explicar que esta cesión significará la sustitución de las actuales cuatro provincias por las ocho veguerías que recoge la ley autonómica catalana, en desarrollo del Estatut.
Además, según un portavoz del partido de Carles Puigdemont, lo acordado con el PSOE es la puerta de entrada al "reconocimiento de derechos históricos como los fueros catalanes" anteriores a los decretos de Nueva Planta que, en 1716, acabaron con esta estructura territorial, para sustituirla por los "corregimientos" castellanos, tras la restauración borbónica.
Es decir, "el inicio de una reforma territorial" del Estado que debe "conducir a un concierto económico" para Cataluña.
Por lo tanto, al pactar con Junts derechos forales del régimen local, Pedro Sánchez estaría abriendo la puerta a que los nacionalistas catalanes establecieran los cimientos sobre los que construir una nueva relación tributaria con el Estado, apelando a privilegios históricos.
Fuentes oficiales del PSOE rechazan dar detalles sobre este punto y se limitan a explicar que ese apartado de lo pactado en los pasillos del Senado el 10 de enero "tendrá que ver con algo que tuvieron en su momento histórico". Y que ahora, simplemente, el Gobierno "reconoce esa cuestión".
La negociación in extremis liderada por Míriam Nogueras, portavoz parlamentaria de Junts, se habría iniciado en una cena en Moncloa la noche del martes. Junto a ella, Jordi Turull, secretario general de Junts, y Albert Batet, portavoz en el Parlament. Por parte del PSOE, Félix Bolaños, María Jesús Montero y Santos Cerdán trataron de convencer a los postconvergentes, según informa ElNacional.cat.
La reforma
Pero al día siguiente, los contactos siguieron en los pasillos del Senado hasta pactar la abstención por incomparecencia de Junts. La reforma, según fuentes del partido independentista, será incluida en uno de los decretos finalmente convalidados. Concretamente, en el 6/2023, ése que incluía medidas de reforma de la Administración de Justicia (y en el que se eliminará otra cláusula para "blindar la amnistía").
Esto se hará durante la tramitación del texto como proyecto de ley en forma de enmiendas.
Así, y siempre según el partido del expresident fugado en Waterloo, el decreto introducirá una disposición adicional a la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
El nuevo párrafo tendrá una redacción como la siguiente: "Derechos históricos de Cataluña. Las previsiones de esta Ley se aplicarán respetando en todo caso la posición singular en materia de sistema institucional recogida en el artículo 5 del Estatuto de Autonomía de Cataluña, así como las competencias exclusivas y compartidas en materia de régimen local y organización territorial previstas en dicho Estatuto, de acuerdo con el marco competencial establecido en la Constitución y en especial en el Estatuto de Autonomía de Cataluña".
El artículo 5 del Estatut establece que "el autogobierno de Cataluña se fundamenta también en los derechos históricos del pueblo catalán, en sus instituciones seculares y en la tradición jurídica catalana [...] y otros preceptos de la Constitución, de los que deriva el reconocimiento de una posición singular de la Generalitat en relación con el derecho civil, la lengua, la cultura, la proyección de éstas en el ámbito educativo, y el sistema institucional en que se organiza la Generalitat".
Fuentes del PSOE admiten a este periódico la imprecisión del acuerdo alcanzado el miércoles con Junts. Pero aclaran que "no implicará modificaciones en la Constitución, ni en el Estatut".
Cabe recordar que en los acuerdos de investidura entre el PSOE y Junts, había dos puntos de discordia para negociar en la mesa de Ginebra: el referido a "los déficits y limitaciones del autogobierno" y el del "reconocimiento nacional de Cataluña".
En este último, los independentistas planteaban la autodeterminación mediante el referéndum y los socialistas, "el amplio desarrollo, a través de los mecanismos jurídicos oportunos, del Estatut de 2006"... antes de que la sentencia del Constitucional declarase ilegales varios de sus preceptos.
Qué son las veguerías
Eso que las fuentes del PSOE refieren que Cataluña tuvo en un momento histórico en lo tocante al régimen local es la estructura territorial organizada en "veguerías", y no en "provincias". Esta última es una división administrativa diseñada en 1833, bajo la regencia de María Cristina de Borbón, que ha permanecido prácticamente intacta desde entonces, salvo en los años de la II República.
De ahí que fuentes del independentismo consultadas por este diario insistan en que "ésta es sólo una reivindicación histórica del catalanismo" basada en la historia y "en el hecho diferencial" del territorio.
Otras fuentes del partido concluyen que, en el fondo, "es un acuerdo que no podría ser más autonomista". Y es que, según esta interpretación, se estaría aceptando el marco actual, e incluso replicando el concepto de las autonomías españolas, basada en la organización administrativa "según criterios de eficiencia y cercanía".
También, importantes ideólogos del separatismo como el historiador Agustí Colomines admiten que hay "una lógica autonomista" en los acuerdos de Junts y el PSOE. Pero concretamente, sobre estos supuestos "derechos históricos del régimen local", añade: "Ampliar la soberanía catalana es mejor que lo que había mientras no sea declarada la independencia".
Pero lo cierto es que aquel Real Decreto de Establecimiento y Nueva Planta de la Real Audiencia de Cataluña, de 16 de enero de 1716, promulgado por el rey Felipe V, suprimió lo que entonces eran los fueros del Principado de Cataluña.
La misma institución de "la Generalidad" nació a partir de 1289 con la comisión especial para recaudar los "servicios" o "tributos" en el territorio: cobraba la bolla, que era un impuesto sobre los tejidos, así como derechos sobre muchos artículos a su entrada y salida del principado o que transitasen por él, y otro por la moneda que circulase o se extrajera del territorio.
La sentencia del TC
Según el artículo 7 de la Ley 30/2010, de 3 de agosto, de la Comunidad Autónoma de Cataluña, la veguería "es la demarcación única en la que se organizan territorialmente todos los servicios del Gobierno y de la Administración de la Generalidad". Y según el artículo 83 del Estatut en vigor, "Cataluña estructura su organización territorial básica en municipios y veguerías".
Es más, en el artículo 90 del Estatuto catalán se establece que "la veguería es el ámbito territorial específico para el ejercicio del gobierno intermunicipal de cooperación local y tiene personalidad jurídica propia. La veguería también es la división territorial adoptada por la Generalitat para la organización territorial de sus servicios".
Es decir, que la veguería catalana reemplazaría a la provincia española, reconocida por la Constitución.
El artículo 141 de la Carta Magna dice: "La provincia es una entidad local con personalidad jurídica propia, determinada por la agrupación de municipios y división territorial para el cumplimiento de las actividades del Estado". Y sobre todo, añade: "Cualquier alteración de los límites provinciales habrá de ser aprobada por las Cortes Generales mediante ley orgánica".
Por eso, todo esto nunca se tradujo en efectos reales. La sentencia del Tribunal Constitucional, de junio de 2010, estableció que una ley del Parlamento catalán no tiene capacidad para crear las veguerías si los límites territoriales de éstas no coinciden con las cuatro provincias existentes. Porque cualquier modificación compete al Estado.
"Y eso es lo que significa ese punto acordado con el PSOE", apunta un dirigente de Junts, hacerlo posible mediante una ley orgánica, como dicta la Constitución.
Otro miembro del partido independentista recuerda que el Estatut de 2006 fue impulsado por el president Pasqual Maragall, del PSC, en un tripartito con ERC e Iniciativa. Y que el PSOE estaba por este cambio administrativo de provincias a veguerías.
Pero es importante recordar que Junts no está en el actual Govern de la Generalitat, presidido por Pere Aragonès. Y que el partido del president no ha incluido esta reivindicación entre sus pretensiones, al menos de momento.
Fuentes de la formación republicana señalan, a este respecto, que "no es la primera vez que los convergentes hacen esto... aquel Estatut ya lo negociaron Artur Mas y Duran Lleida con el presidente Zapatero en Moncloa, estando CiU en la oposición".