El consejero de Economía, Oriol Junqueras, y el jefe del Gobierno catalán, Carles Puigdemont

El consejero de Economía, Oriol Junqueras, y el jefe del Gobierno catalán, Carles Puigdemont Efe

Tribunales

El Gobierno pide al TC que también advierta de delito a los 'fontaneros' de los presupuestos de Cataluña

El tribunal admitirá este martes el recurso del Gobierno y bloqueará las partidas para el referéndum.

4 abril, 2017 02:28

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El Tribunal Constitucional se reúne este martes en pleno para decidir sobre la admisión a trámite del recurso interpuesto por el Gobierno contra las partidas de los presupuestos de la Generalitat de Cataluña para 2017 destinadas a llevar a cabo un referéndum unilateral de independencia.

Fuentes del TC dan por segura la admisión, que será propuesta por el magistrado Pedro González Trevijano, designado ponente del asunto. La aceptación de la impugnación del Gobierno conlleva, por imperativo de la Constitución, la suspensión automática de las normas impugnadas durante cinco meses, período que puede ser prorrogado.

¿Malversación?

Por ello, desde el momento en que el Constitucional acuerde la admisión de la impugnación quedarán bloqueados cualesquiera recursos financieros que se prevea destinar a la realización de un referéndum cuya inconstitucionalidad ha sido reiteradamente manifestada por el TC. El Gobierno de Puigdemont no podrá utilizar legalmente esos fondos sin arriesgarse a incurrir en delitos de desobediencia y, probablemente, malversación de fondos públicos. Este último delito conlleva penas de prisión.

En su recurso, el Gobierno no se limita esta vez a pedir al Constitucional la notificación de la suspensión cautelar de las partidas presupuestarias cuestionadas a los cargos políticos: el presidente del Gobierno catalán y sus trece consejeros, cuyos nombres se consignan de forma expresa en la impugnación. Además, la Abogacía del Estado ha pedido que se comunique la suspensión a cinco cargos de segundo nivel pero esenciales para el adecuado desarrollo y ejecución de las previsiones presupuestarias.

Se trata del secretario general del Gobierno catalán, Joan Vidal; José María Jové, secretario general de la vicepresidencia de Economía y Hacienda; Rosa Vidal, interventora general de la Generalitat; Mercè Corretja, directora general de Contratación Pública, y Anna Tarrach, directora general de Presupuestos de la Generalitat.

De prosperar la petición del Gobierno, todos ellos serán notificados de la suspensión de los presupuestos para el referéndum y todos ellos serán también advertidos de que, de no respetar esa medida cautelar, pueden incurrir en responsabilidades penales. El TC ya ha deducido testimonio por desobediencia en dos ocasiones contra la presidenta del Parlamento catalán, Carme Forcadell, y en una ocasión contra los miembros de la Mesa de la Cámara autonómica que han ido dando pasos para la ejecución de la declaración soberanista, declarada inconstitucional en marzo de 2014.

Competencia del Estado

El Consejo de Ministros acordó el pasado viernes interponer un recurso de inconstitucionalidad contra la disposición adicional 40 y determinadas partidas presupuestarias de la Ley del Parlamento de Cataluña 4/2017, de 28 de marzo, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2017. Esa disposición adicional obliga al Gobierno de la Generalitat a habilitar las partidas para garantizar para garantizar los recursos necesarios en materia de organización y gestión para hacer frente al proceso referendario sobre el futuro político de Cataluña.

Para el Gobierno, esa previsión supone una vulneración de los preceptos constitucionales, ya que la convocatoria de referendos es una competencia exclusiva del Estado. Además, en la medida en que se trata de financiar un referéndum sobre el futuro político de Cataluña, se vulnerarían los artículos 1.2, 2, 9.1 y 168 de la Constitución, que atribuye la soberanía al pueblo español.

El recurso destaca que el propio Consejo de Garantías Estatutarias catalán consideró inconstitucional la primera redacción de la disposición legal. Según el Gobierno, las modificaciones introducidas en esa inicial redacción no ha eliminado la tacha de inconstitucionalidad.