Joaquim Forn, condenado a 10 años y medio de cárcel por sedición
El Tribunal Supremo ha dado a conocer este lunes la sentencia del 'procés'. La mayor condena ha recaído en Oriol Junqueras.
14 octubre, 2019 09:36Noticias relacionadas
El que fuera consejero de Interior, Joaquim Forn, ha sido condenado a 10 años y seis meses de prisión y el mismo tiempo de inhabilitación absoluta por un delito de sedición.
El Tribunal Supremo ha impuesto 12 años de cárcel a los exconsellers Jordi Turull, Raül Romeva y Dolors Bassa por sedición con malversación, y diez años y medio de prisión por sedición al extitular de Interior Joaquim Forn y a Josep Rull.
[Siga en vivo la última hora de la sentencia del procés]
En concreto la sentencia recoge que Forn será sometido a las penas de 10 años y 6 meses de prisión y 10 años y 6 meses de inhabilitación absoluta, con la consiguiente privación definitiva de todos los honores, empleos y cargos públicos que tenga el penado, aunque sean electivos, e incapacidad para obtener los mismos o cualesquiera otros honores, cargos, o empleos públicos y la de ser elegido para cargo público durante el tiempo de la condena.
Esto es lo que dice la histórica sentencia sobre Forn:
-"La desleal actuación del acusado Sr Forn tuvo como efecto que los centros no fueran sustraídos a la disponibilidad de los ciudadanos llamados a movilizarse para gestionar y hacer posible la jornada de votación. Con esa actitud se evidenció la firme decisión de la Consejería bajo la dirección del acusado Sr Forn, no solamente de no impedir la votación, sino, antes bien, de que los criterios policiales allí expuestos garantizaran su efectiva realización, ante la fácil previsión de que los ciudadanos convocados y llamados a ellos desatenderían cualquier requerimiento de los Mossos d'Esquadra y les impedirían tanto el cierre de los centros como el acceso pacífico a ellos".
-"El acusado Sr. Forn tuvo conocimiento de la movilización tumultuaria del día 20 de septiembre. En el acto del juicio oral el acusado declaró que, aunque se le presentó una comunicación tardía a los efectos de la regulación del derecho de manifestación, autorizó su realización. Además demostró estar al corriente de sus dimensiones cuando dirigió una orden al mando de los Mossos para que confirieran al coacusado D. Jordi Sánchez facultades mediadoras".
-"Respecto a la actuación tumultuaria de la ciudadanía el día 20 de septiembre ante la sede de la Vicepresidencia y Consejería de Economía, (...) el acusado Sr. Forn no podía ignorar que aquella actuación iba más allá de una mera reunión para «protestar», ya que también algunos pretendían impedir el acceso de detenidos a la práctica de los registros e imposibilitar que la recogida de fuentes probatorias alojadas en varias cajas pudiera ser trasladada desde el lugar de su ocupación hasta dependencias judiciales, bajo control de la Letrada de la Administración de Justicia".
-"El propio Sr. Forn declaró en el acto del juicio oral que dio su visto bueno al plan llevado a cabo por los Mossos d’Esquadra. En concreto, al a todas luces insuficiente despliegue de los denominados binomios en todos los colegios electorales, por más que niegue haber diseñado el plan operativo".