Tribunales SENTENCIA DEL 'PROCÉS'

El Supremo condena a Oriol Junqueras a 13 años de cárcel y a 9 años a Cuixart y Sànchez

Los exconsejeros Forn y Rull, absueltos de malversación. La expresidenta del Parlament Carmen Forcadell, condenada a 11 años y medio de prisión. 

14 octubre, 2019 09:13

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No fue una rebelión. Por unanimidad, la Sala Penal del Supremo ha descartado condenar por ese delito a los 12 acusados de impulsar la independencia unilateral de Cataluña en el otoño de 2017. Cuatro de ellos han sido considerados responsables de delitos de sedición y malversación de fondos públicos, cinco de sedición y los tres restantes únicamente de desobediencia a los tribunales.

La sentencia impone la pena más severa, 13 años de cárcel, al exvicepresidente Oriol Junqueras, el político de mayor rango juzgado por el proceso soberanista en ausencia del expresident Carles Puigdemont, que se dio a la fuga tras ser destituido por el Gobierno de España en aplicación del artículo 155 de la Constitución.

Junqueras ha sido considerado por el Supremo dirigente de la sedición, agravada por su condición de autoridad. La pena que deberá cumplir está muy alejada de lo solicitado por los fiscales (25 años de prisión) pero es superior a la que pidió la Abogacía del Estado (12 años).

La sentencia del 'procés'

La Sala ha acogido la calificación jurídica propuesta por la representación jurídica del Gobierno -sedición y malversación de fondos públicos- pero todas las penas impuestas por esos delitos son más altas que las reclamadas por ella. La Sala lanza con ello el mensaje de la insuficiente petición de condenas por parte del Gobierno.

Así, los exconsejeros Jordi Turull, Raül Romeva y Dolors Bassa han sido condenados a 12 años de prisión (la Abogacía del Estado pedía 11,5 años) por los mismos delitos que Junqueras: sedición y malversación.

Forn y Rull, sin malversación

Los también exconsejeros Joaquim Forn y Josep Rull ha sido absueltos de malversación al no haberse probado el desvío de fondos de sus departamentos, Interior y Territorio y Sostenibilidad, para la celebración del referéndum ilegal del 1-O.

Ambos, en cambio, son declarados dirigentes de la sedición y condenados a 10 años y medio de prisión.

Carme Forcadell, expresidenta del Parlamento catalán y cuyo papel fue clave para lograr la aprobación de una 'legalidad paralela' con la ley de transitoriedad jurídica  fundacional de la república catalana, es condenada a 11 años y medio de cárcel. La Abogacía del Estado solicitaba para ella 18 meses de cárcel menos.

A Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, líderes de Asamblea Nacional Catalana (ANC) y de Ómnium Cultural, se les impone 9 años de cárcel como dirigentes de la sedición. La representación del Gobierno pedía para ellos un año de prisión menos.

La pena de Sànchez y Cuixart es menor a la impuesta a sus compañeros de banquillo porque ellos no era autoridades. 

Ninguna pena máxima

La Sala ha optado en todos los casos por niveles medios y mínimos dentro la horquilla de penas establecida en el Código Penal. A ninguno de los condenados les ha impuesto la sanción máxima posible.

Los tres acusados que podrán celebrar el fallo judicial son los exconsejeros Meritxell Borrás, Carles Mundó y Santiago Vila. Se enfrentaban a una petición de siete años de cárcel por la Fiscalía y la Abogacía del Estado por delitos de malversación y desobediencia y han sido encontrados culpables solo del segundo debido a su implicación en la celebración del 1-O pese a que fue prohibido por el Tribunal Constitucional y el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

La pena de multa e inhabilitación que ha recaído sobre ellos no es, en su caso, especialmente relevante porque los tres se apartaron del ejercicio de cargos políticos.

Subvertir el orden constitucional

El alto tribunal establece que los hechos que desembocaron en la declaración unilateral de independencia -desde la aprobación de las leyes de ruptura por el Parlament a los incidentes de los días 20 y 21 de septiembre para obstaculizar la investigación judicial de los preparativos del 1-O y la propia celebración del referéndum pese a la prohibición del TC- constituyeron un "alzamiento público y tumultuario" con la finalidad de subvertir el orden constitucional.

El Supremo declara, así, la conexión de la sedición cometida por los políticos independentistas juzgados con la finalidad inherente a la rebelión de la que han sido acusados por la Fiscalía, pero con unas penas proporcionadas a un delito que el ordenamiento jurídico considera de menor gravedad.