La Fiscalía de Madrid ha recurrido en apelación ante la Audiencia Provincial la puesta en libertad provisional del bailarín Rafael Amargo y pide que ingrese en prisión preventiva sin fianza por presuntos delitos contra la salud pública en su modalidad de sustancia que causa grave daño a la salud y de pertenencia a grupo criminal.
Para la Fiscalía existen “bastantes” indicios “acreditados” de la comisión de ambos delitos. De hecho, explica en su recurso que las dos personas investigadas se venían dedicando de manera “permanente” y “de común acuerdo” a la distribución de sustancias estupefacientes, principalmente metanfetamina, en el distrito de Centro.
Los seguimientos a estas dos personas comenzaron a raíz de haberse observado un aumento “significativo” de actas de aprehensión de sustancia estupefaciente, especialmente metanfetamina, en dicha zona por lo que se estableció un dispositivo que pudo determinar el domicilio desde el que supuestamente se suministraba la sustancia “al observar un trasiego continuo de personas que entraban y salían a los pocos minutos del citado inmueble”.
El referido domicilio resultó ser el de J. R. G. H. Previamente los compradores contactaban vía telefónica con una tercera persona para recoger la droga en dicha vivienda. Consta, además, la grabación de una conversación con una tercera persona “con la que parece estar negociando la compra de un kilogramo de metanfetaminas hablando de precios, cantidades y calidades diciendo que es para un productor de teatro”.
La Fiscalía llega a la conclusión de que ambas personas actúan de manera “conjunta” en el desarrollo de su actividad ilícita “adquiriendo las sustancias de común acuerdo para luego repartirlas entre ellos y venderlas a terceros”. También recuerda que las sustancias intervenidas se encuentran dentro de las que causan grave daño a la salud. En concreto, precisa que la metanfetamina produce efectos sobre el sistema nervioso y posee un elevado poder adictivo y que “se considera jurisprudencialmente que existe notoria importancia a partir de los 30 gramos, por lo que la cantidad incautada excede notablemente del límite fijado”.
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