El informe que debe presentar la Abogacía del Estado sobre las peticiones de indulto para los condenados del 'procés' se retrasa. Y, con ello, también se alarga el momento de la decisión que ha de tomar su cliente, el Gobierno, sobre si concede o no el perdón de las penas impuestas a Oriol Junqueras y el resto de presos por sedición y malversación de fondos públicos.
La representación jurídica del Gobierno ha pedido a la Sala Penal del Supremo que reclame al Tribunal de Cuentas información sobre la situación de los procedimientos de responsabilidad contable abiertos para que los condenados devuelvan al Estado el dinero malversado.
La Abogacía del Estado quiere saber "muy especialmente" si han devuelto o no alguna cantidad, lo que considera relevante de cara al informe que elaborará.
Fondos desviados
El escrito de la Abogacía del Estado, conocido por EL ESPAÑOL, recuerda que fue el delito de malversación el que motivó su presencia en el proceso penal relativo a la celebración del referéndum ilegal del 1-O. La representación jurídica del Gobierno se personó "en atención a la existencia de un perjuicio causado al Estado derivado del desvío de fondos de carácter estatal que integran los diferentes mecanismos de financiación de la Comunidad Autónoma catalana".
El Estado resultaba ofendido "en la medida en que estos fondos y mecanismos de financiación eran malversados, desviándolos de la finalidad acordada".
La sentencia del 'procés' resolvió que fuera el Tribunal de Cuentas el encargado del "establecimiento y reclamación definitiva de las cantidades totales desviadas" para la celebración de la consulta independentista.
En enero de 2020, el Tribunal de Cuentas notificó un acta de liquidación provisional en la que cifró en 4,1 millones de euros los fondos que los exmiembros del Gobierno catalán de Carles Puigdemont y otros altos cargos de la Generalitat catalana deben reintegrar al erario público. En febrero de ese año, el Supremo transfirió a Cuentas las fianzas por importe de 2,1 millones que depositaron en su día los encausados.
Para la Abogacía del Estado, esos datos son incompletos porque no se conoce la situación actual del procedimiento de responsabilidad contable. Y considera que esa información es necesaria "para determinar la existencia y alcance del perjuicio" causado.
Dato "esencial"
"Esta petición de información resulta esencial no sólo para la más adecuada conformación del expediente de indulto sino también para la correcta emisión del informe por esta parte", indica la Abogacía del Estado.
"El informe que debe hacer esta parte ofendida [por el delito de malversación] exige la reclamación por el tribunal sentenciador al Tribunal de Cuentas de la aportación de los datos que permitan el mejor esclarecimiento del importe a que ha podido ascender ese desvío de fondos públicos. Y muy especialmente si se ha procedido a su reintegro o, en su caso, aseguramiento o afianzamiento de esas cantidades".
El pago de las responsabilidades civiles derivadas del delito no es una exigencia legal para la concesión de la medida de gracia. Pero es un dato al que los tribunales dan mucha importancia porque pone de manifiesto la voluntad del condenado de reparar los daños causados por su actuación, y la Ley de Indulto sí establece que los jueces, a la hora de dar su criterio sobre si procede o no indultar, deben fijarse en "la conducta del condenado posterior" a la ejecución del fallo "y especialmente las pruebas o indicios de su arrepentimiento".
El dictamen de la Abogacía del Estado es el único que falta para que la Sala Penal del Tribunal Supremo elabore su informe sobre los indultos y lo envíe al Ministerio de Justicia, que es el que debe elevar una propuesta al Consejo de Ministros. El alto tribunal ya cuenta con los expedientes penitenciarios y con los informes de la Fiscalía, que se opone a la medida de gracia.
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