Reunión del pleno del CGPJ en una imagen de archivo./

Reunión del pleno del CGPJ en una imagen de archivo./ Efe

Tribunales

El CGPJ decide no plantear un conflicto constitucional por el recorte de sus competencias esenciales

Por 13 votos a ocho, tampoco pedirá al Defensor del Pueblo que presente un recurso de inconstitucionalidad.

28 abril, 2021 21:13

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El Consejo General del Poder Judicial no planteará un conflicto constitucional frente al Parlamento por la reforma que le priva de algunas de sus competencias esenciales -en particular, hacer nombramientos discrecionales de cargos judiciales- mientras esté en funciones.

Por 13 votos frente a ocho, el órgano de gobierno de los jueces ha rechazado promover el conflicto de atribuciones en un pleno extraordinario solicitado por los ocho vocales que querían plantearlo: Juan Martínez Moya, Nuria Díaz Abad, Carmen Llombart, Juan Manuel Fernández, María Ángeles Carmona, Gerardo Martínez Tristán, José Antonio Ballestero y Rafael Fernández Valverde, todos ellos propuestos por el PP.

Por la misma proporción se ha rechazado también instar al Defensor del Pueblo la presentación de un recurso de inconstitucionalidad contra la modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) impulsada por PSOE y Unidas Podemos y vigente desde el pasado 31 de marzo. Desde entonces, se están acumulando puestos en los tribunales que no pueden cubrirse, entre ellos ocho vacantes en el Tribunal Supremo, el 10% de su plantilla.

"Fraude constitucional"

Los vocales partidarios de llevar al Tribunal Constitucional la privación de competencias han anunciado un voto discrepante. A su juicio, la reforma de la LOPJ no sólo produce una "lesión competencial" sino que también es un "fraude constitucional" porque la justificación dada a la reforma -forzar la renovación del Consejo, que se encuentra en funciones desde diciembre de 2018- "nunca puede justificar un menoscabo de atribuciones no previstas por el constituyente; supone una injerencia por parte del Parlamento en las competencias del Poder Judicial, afectando a su independencia y contribuyendo a la politización de la Justicia, y pone en peligro la separación de poderes, situando al Poder Judicial en un plano de inferioridad y de dependencia respecto al resto de poderes".

En contra el planteamiento del conflicto se han posicionado el presidente del Consejo, Carlos Lesmes; los vocales propuestos por PSOE, IU y PNV y tres de los consejeros elegidos por el PP: Wenceslao Olea, Vicente Guilarte y José María Macías.

Este último ha presentado un voto concurrente en el que explica que su posición en contra del conflicto no debe "confundirse con una aceptación de la bondad" de una reforma que considera que "es gravemente inconstitucional, socava la independencia judicial y atenta contra los pilares que definen el Estado de Derecho en una sociedad democrática moderna".

Entre otros argumentos, Macías defiende que los nombramientos judiciales constituyen una atribución "excluyente y exclusiva del CGPJ y de ejercicio necesario, sin que en la Constitución se prevea posibilidad alguna de supresión, ni total ni parcial, ni permanente ni provisional".

"Intención espuria"

La afirmación de que la reforma se aprueba para “favorecer la renovación” del CGPJ, según consta en la exposición de motivos, "es impactante por lo que significa de reconocimiento de intención espuria: no hay manera de entender cómo es posible que privar al CGPJ de sus funciones esenciales sea una forma de 'favorecer' la negociación de los actores políticos, salvo que se acepte que esa limitación sea dar carta de naturaleza a una forma coacción para doblegar una voluntad política, culpando al oponente de las razones de la paralización del CGPJ, cuando esa paralización sólo deriva de la LOPJ".

Este consejero estima, no obstante, que el conflicto de atribuciones "no es el cauce adecuado para poner de manifiesto la grave inconstitucionalidad" de la reforma.

"En un momento en el que legislador y Gobierno han tensado las costuras del Estado de Derecho con su maltrato al Poder Judicial hasta extremos no conocidos hasta ahora, entiendo que no es inteligente que sea el CGPJ quien tense al Tribunal Constitucional planteando un debate cuya sede natural no es la del conflicto de atribuciones, sino el recurso de inconstitucionalidad", argumenta. "Entiendo que ello obligaría al Tribunal Constitucional a dictar una sentencia de inadmisión o desestimación del conflicto, cuyo contenido sólo sería inteligible en reducidos círculos técnicos y que sería mal comprendida por la ciudadanía".