Elisa Pinto./

Elisa Pinto./ Diego Sinova

Tribunales

La jueza exonera a la dermatóloga Elisa Pinto por supuestas amenazas al empresario López Madrid

Después de más de ocho años de investigación, la instructora concluye que no hay indicios de delito y destaca la "clara mala fe procesal" del empresario.

16 noviembre, 2022 22:10

El Juzgado de Instrucción número 26 de Madrid ha archivado las diligencias abiertas contra la dermatóloga Elisa Pinto tras una denuncia presentada por el empresario Javier López Madrid por supuestas amenazas y acoso.

Tras más de ocho años de diligencias, que se abrieron en marzo de 2014, la magistrada Concepción Jerez ha concluído que "de las numerosas diligencias de instrucción no se desprenden indicios de la participación de Elisa Pinto Romero y no aparece debidamente justificada la perpetración del delito".

Así lo ha sostenido durante años la abogada de Pinto, Ana Blanco, que, paralelamente, ha logrado que los tribunales abran juicio contra López Madrid y el excomisario José Manuel Villarejo por presuntos delitos de coacciones, amenazas y lesiones a la dermatóloga.

[La Audiencia insta a acelerar el juicio a López Madrid y Villarejo por acosar a la doctora Pinto]

López Madrid denunció que tanto él como su familia estaban recibiendo reiterados mensajes y llamadas en sus teléfonos móviles con amenazas y coacciones, que acabó atribuyendo a un acoso por parte de Pinto.

Mensajes a Pinto

"No se desprenden indicios de que Elisa Pinto hubiera participado en el envío de los numerosos mensajes, SMS y en las llamadas que Lopez Madrid dice haber recibido", afirma la instructora.

En una resolución conocida este viernes, Jerez destaca que la doctora aportó copia de los mensajes que ella había recibido "desde el mismo teléfono utilizado por la persona que envía los mensajes al denunciante" y con "similar contenido amenazante".

En los mensajes recibidos por Pinto, "los autores expresan que tienen el encargo de enviarlos con el fin de lograr que ella cambie sus declaraciones, haciendo referencia a Villarejo". La dermatóloga había identificado al excomisario como el autor de una agresión con un objeto punzante que sufrió el 7 de abril de 2014, conminándola a
“cerrar la boca” respecto a sus denuncias contra López Madrid.

"El contenido y expresiones utilizadas en los numerosos mensajes que el denunciante aporta como recibidos contienen referencias despectivas e insultantes hacia la investigada y con referencias a las acciones denunciadas por esta. Por tanto,
debe excluirse su participación", argumenta la magistrada.

[La Fiscalía pide 13 años de cárcel para el empresario López Madrid y Villarejo por acosar a Elisa Pinto]

Además, la declaración testifical de Silvia Villar Mir, cónyuge de López Madrid, puso de manifiesto que los autores de los mensajes que recibía conocían información personal, como la realización de viajes a Lisboa y a México. "No hay ningún dato que permita concluir que esta información la pudiera obtener la investigada", indica la resolución judicial.

Manipular el proceso

La instructora concede especial importancia al hecho de que la Guardia Civil detectó que el teléfono aportado por López Madrid, en el que habría recibido los mensajes amenazantes, "ha sido manipulado antes de su entrega en sede judicial".

Esto "demuestra el intento de manipular no solo la información que contenían sus terminales sino el presente procedimiento, con una clara mala fe procesal".

El volcado que pudo hacerse de ese dispositivo permitió constatar las "relaciones estrechas" de López Madrid con José Luis Conde, comisario jefe de la Brigada Provincial de Policía Judicial en ese momento, y el comisario Enrique García Castaño, amigo íntimo de Villarejo.

Del teléfono se eliminaron contactos y mensajes y fueron borradas 4655 llamadas de las 4989 computadas, "muchas de estas a Enrique García Castaño y a José Luis Conde, lo cual demuestra un interés de estos comisarios sobre lo que ha sido objeto de investigación".

La instructora, que llega a hablar de "trato de favor de los servicios policiales" a López Madrid, destaca la declaración "carente de profesionalidad" de Conde. "No explica la razones lógicas por las cuales se tomó la declaración [del empresario] en dependencias del grupo quinto de homicidios ni tampoco aclara por qué existían sospechas sobre Elisa Pinto", afirma.

Para la exoneración de la dermatóloga ha sido determinante la documentación remitida por la Audiencia Nacional procedente del caso Tándem, una macroinvestigación sobre las actividades de Villarejo.

"De esa documentación resulta que Javier López Madrid, antes de denunciar los hechos, ya tenía contactos con el comisario Villarejo, al menos desde el
18 de agosto del 2013, y éste a su vez mantenía contactos con otros comisarios".

A ello se une que no se han encontrado en el teléfono del empresario los supuestos mensajes recibidos con anterioridad al 21 de marzo del 2014, que son los que motivaron su inicial denuncia. "No se ha acreditado, por tanto, lo que motivó el inicio del presente procedimiento", destaca.

Además, "el denunciante seleccionó los mensajes que debían constar en sus denuncias".

"Resulta evidente", concluye, "que la denunciada ha sido víctima de unos hechos de mayor gravedad que los denunciados por Javier López Madrid , que han sido investigados por el Juzgado de Instrucción número 39", hechos ahora pendientes de juicio.