Manifestación por la liberación de Miguel Ángel Blanco en 1997.

Manifestación por la liberación de Miguel Ángel Blanco en 1997.

Tribunales CASO MIGUEL ÁNGEL BLANCO

El juez da la razón a Marimar Blanco y frena un recurso del etarra Iñaki de Rentería a su imputación

La hermana de Miguel Ángel Blanco detectó un error de forma que impide que el exjefe de ETA pueda recurrir su imputación ante la Sala de lo Penal.

1 diciembre, 2022 13:41

El juez de la Audiencia Nacional que investiga el caso Miguel Ángel Blanco ha dado la razón a la hermana del concejal del PP asesinado por ETA, Marimar Blanco, y ha frenado el recurso de apelación interpuesto por el etarra Iñaki de Rentería con el que se oponía a su imputación en esta causa.

Así consta en un auto, fechado este mismo jueves y al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL. Recientemente, el magistrado Manuel García-Castellón optó por considerar investigado a Rentería por este caso.

Antes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 había considerado que los hechos —el secuestro y posterior asesinato del político en 1997— habrían prescrito para este exjefe etarra.

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Según reza la resolución, el juez frena el recurso de apelación de Ignacio Miguel Gracia Arregui, nombre real de Iñaki de Rentería, al apreciar un defecto de forma que fue puesto de manifiesto por la hermana del concejal del PP en Ermua.

El recurso de apelación se presenta ante la instancia superior al Juzgado; es decir, ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.

Marimar Blanco, durante un homenaje a su hermano.

Marimar Blanco, durante un homenaje a su hermano. Europa Press

El abogado de Marimar, Miguel Ángel Rodríguez Arias, alertó en un escrito de que el recurso de Rentería dirigido a la Sala de lo Penal no debía "tenerse por presentado en tiempo y forma", ya que "no cumplió con claro deber legal" de dar traslado previo a la procuradora de la hermana de Miguel Ángel Blanco. Un defecto que, actualmente, ya es insubsanable al haber expirado los plazos.

Por ello, de momento, Iñaki de Rentería seguirá imputado en el caso Miguel Ángel Blanco. No obstante, el juez sí admite el recurso de reforma (presentado ante el propio Juzgado) y concede un plazo de dos días a las partes para que emitan sus alegaciones. Una vez se pronuncien, será el propio magistrado el que deba decidir si Arregui debe seguir investigado.

Prescripción

El pasado 10 de noviembre, García-Castellón firmaba una resolución que consideraba que los hechos, ocurridos en el año 1997, no estarían prescritos para Rentería. El etarra pasaba, por tanto, a estar investigado en este caso.

Antes, el 8 de julio de 2022, en el auto en el que el juez imputó a otros tres exjefes de ETA, García-Castellón sí había considerado que los hechos habrían prescrito para Arregui.

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En aquella fecha, el juez citó como investigados a los dirigentes etarras Mikel Albisu Iriarte (alias Mikel Antza), María Soledad Iparaguirre (Anboto) y José Javier Arizcuren Ruiz (Kantauri). Pero declaró la prescripción para el cuarto de los querellados, Rentería.

Sin embargo, el pasado 10 de noviembre, el magistrado rectificaba, estimando los recursos de reforma interpuestos por la Fiscalía, el Partido Popular y, parcialmente, el presentado por la asociación de víctimas Dignidad y Justicia. Todos ellos pedían imputar a este cuarto exjefe de ETA.

"En su caso, será la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional la que habrá de declarar si procede o no la apreciación de la prescripción con relación a alguno de los sujetos procesados", exponía García-Castellón.

Discrepancias jurídicas

El juez reconocía en dicho auto la controversia sobre la prescripción de los hechos en este caso; especialmente, en el seno del Ministerio Fiscal

"En primer término, debemos subrayar que este órgano judicial parte de que el delito [el secuestro y posterior asesinato de Miguel Ángel Blanco] no se encuentra prescrito", subrayaba García-Castellón.

"No obstante, debe ponerse de relieve que existen discrepancias jurídicas en cuanto al cómputo de la prescripción, a su interrupción y a su aplicabilidad a todos y cada uno de los sujetos a quienes se atribuye una participación en los hechos", admitía.

La Fiscalía

Ya es público que la Fiscalía de la Audiencia Nacional no acusará a los jefes de ETA imputados en el caso Miguel Ángel Blanco por ordenar, supuestamente, el secuestro y posterior asesinato del concejal del PP en Ermua. El Ministerio Público sí ve prescrito los hechos para ellos.

El pasado 21 de julio, cuando se produjo el interrogatorio a dos de los investigados, la Fiscalía manifestó por primera vez que, a su juicio, los hechos estarían prescritos para ambos investigados.

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Ello supuso un golpe de timón con la postura que había defendido hasta entonces el fiscal del caso, Vicente González Mota, quien no acudió a los interrogatorios de aquel jueves al discrepar con esta directriz, emanada de la jefatura de la Fiscalía de la Audiencia Nacional. En su lugar, asistió Pedro Rubira.

Fuentes presentes en las declaraciones confirmaron a EL ESPAÑOL que este último se pronunció a favor de "mantener vivo" el procedimiento para que las víctimas "sepan la verdad", aunque culminó con un alegato a favor de la prescripción de los hechos para los dos interrogados, en línea con el criterio establecido por Jesús Alonso, el fiscal jefe de la Audiencia Nacional.

Esta novedad en el parecer del Ministerio Público —y este cambio de fiscal en el caso— coincidió en el tiempo con el anuncio del nombramiento de Álvaro García como nuevo fiscal general del Estado, en sustitución de la exministra Dolores Delgado. No obstante, la Fiscalía de la Audiencia Nacional negó rotundamente que haya habido influencias políticas detrás de su nueva postura.

'Caso Miguel Ángel Blanco'

El Ministerio Público recordó en aquel difundido que "el cómputo" de la prescripción de unos hechos delictivos, como marca la ley, comienza cuando éstos se cometen y "se interrumpe cuando el procedimiento se dirige contra persona concreta mediante acto de imputación".

González Mota sí consideraba que este plazo, de 20 años, no se inició hasta una vez que los etarras hoy investigados fueron detenidos. Y en el caso de Mikel Antza y de Anboto, los dos primeros etarras en ser citados a declarar, ello no ocurrió hasta 2004, por lo que, a juicio del fiscal que hasta entonces se encargaba de este caso, los hechos no estarían aún prescritos. Y no lo estarían hasta 2024.

En aquella nota informativa, la Fiscalía subrayaba, no obstante, que la prescripción "se ha de declarar en el momento procesal oportuno" y "no impide ni obstaculiza estas primeras investigaciones abiertas en los distintos juzgados de la Audiencia Nacional, cuyas reaperturas, no se puede ni debe olvidar, siempre han contado y seguirán contando con el apoyo del Ministerio Público".

Fachada de la Audiencia Nacional.

Fachada de la Audiencia Nacional. Europa Press

El caso Miguel Ángel Blanco se inició con la querella de Dignidad y Justicia, dirigida contra varios etarras que configuraban la cúpula de ETA cuando ocurrieron los hechos. 

En línea con lo planteado por la asociación de víctimas, el juez García-Castellón, en su auto del 8 de julio, señalaba que, "teniendo en cuenta el modo de actuar de ETA en el que su principal estructura directiva, su comité ejecutivo, era el órgano donde se decidían, planificaban, dirigían y autorizaban las acciones terroristas que cometían los comandos de acción de ETA, se considera improbable que una acción terrorista como la llevada a cabo contra el concejal del Partido Popular Miguel Ángel Blanco en 1997, su secuestro y su posterior asesinato, fuese realizada por un comando de ETA sin que mediase una decisión y una planificación previa, así como unas órdenes concretas y específicas, emanadas de la principal estructura directiva".