La ministra Margarita Robles  durante su visita este miércoles en A Coruña a la Maniobra del Ejército de Tierra.

La ministra Margarita Robles durante su visita este miércoles en A Coruña a la Maniobra del Ejército de Tierra. Efe

Tribunales

El TS anula una sentencia por violación de Margarita Robles que mandó a un magrebí 15 años a prisión

La ahora ministra de Defensa dictó en 1992 un fallo condenatorio sin valorar una prueba de restos biológicos que demostraba la inocencia del acusado.

29 junio, 2023 03:37

La Sala Penal del Tribunal Supremo ha decidido este miércoles anular la condena a 24 años de cárcel impuesta al albañil marroquí Ahmed Tommouhi por dos delitos de violación que no cometió, pero de los que en 1992 fue declarado responsable por un tribunal presidido por la entonces magistrada Margarita Robles, actual ministra de Defensa. 

El Supremo ha estimado un recurso extraordinario de revisión y ha concluido que la sentencia de la que fue ponente Robles omitió la valoración de una prueba clave que demostraba con nitidez la inocencia de Tommouhi: un análisis pericial -que estaba en el procedimiento- sobre los restos de semen hallados en la ropa interior de una de las víctimas.  

Tommouhi (Nador, 1951) estuvo 15 años en la cárcel, hasta que obtuvo la libertad condicional el 17 de septiembre de 2006. Fue detenido en noviembre de 1991 en el marco de una oleada de agresiones sexuales y robos con violencia a chicas y parejas jóvenes cometidos en lugares apartados de las provincias de Barcelona y Tarragona.

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Dos de las víctimas, G. y N., de 16 y 15 años de edad, fueron salvajemente violadas en Cornellá en la noche del 15 de noviembre de 1991, tras aceptar subirse a un coche con dos individuos que les prometieron llevarlas a esa localidad cuando se encontraban en una parada de autobús en Sant Felíu de Llobregat.

Los hechos declarados probados en la sentencia de la Sección Novena de la Audiencia Provincial de Barcelona, que presidía Margarita Robles e integraban Gerard Thomás y Felipe Soler, reflejaban la brutalidad de la agresión. "Una vez que N. y G. se encontraban en el interior del vehículo y hubieron llegado a un descampado cerca del barrio de la Fontsanta de Cornellá de LLobregat, el procesado [Tommouhi] propuso a las jóvenes realizar el acto sexual. Como éstas se negaron, Ahmed Tommouhi cogió una pistola y su acompañante una navaja y, esgrimiendo tales armas, las obligaron a desnudarse al tiempo que les propinaban fuertes golpes con un palo y una porra".

"A continuación", añadía la sentencia, "Tommouhi penetró vaginalmente a N., realizando con ella el acto sexual completo, haciendo lo mismo el desconocido con G.". Ambas jóvenes sufrieron lesiones físicas y psíquicas, con trastorno depresivo y síndrome de ansiedad y angustia.

La condena

El tribunal presidido por Robles impuso a Tommouhi -el único juzgado por estos hechos, ya que el otro agresor nunca fue identificado- 12 años de cárcel como autor de la violación de N. y otros 12 años como cooperador necesario de la violación cometida por el otro agresor contra G.

La prueba de la condena fue el reconocimiento de Tommouhi por las víctimas "sin género de duda alguna", señalaba la Audiencia.

La sentencia redactada por Robles indicaba que la convicción sobre la culpabilidad del procesado "no hubiera podido en modo alguno quedar desvirtuada por el resultado de la prueba pericial solicitada por la defensa", unos dictámenes de la Policía Científica según los cuales "los marcadores genéticos obtenidos en una gasa con sangre de Ahmed Tommouhi no coinciden con los marcadores genéticos encontrados en la camisa de N.".

La Audiencia indicó que los dos funcionarios de Policía autores de los informes no habían comparecido en el juicio para ratificarlos y señaló que "la autoría del procesado queda perfectamente acreditada por las categóricas y terminantes declaraciones de ambas mujeres", en referencia a N. y G.

Cuatro años después, en la primavera de 1995, se produjo una nueva oleada de violaciones en las mismas zonas y con el mismo modus operandi. En junio de ese año fue detenido Antonio García Carbonell, de etnia gitana y con un gran parecido físico a Tommouhi.

Tommouhi, a la izqda, y García Carbonell, a la derecha, fotos  de la web http://www.tommouhi.com/, creada por Manuel Borraz.

Tommouhi, a la izqda, y García Carbonell, a la derecha, fotos de la web http://www.tommouhi.com/, creada por Manuel Borraz. E.E.

La investigación que llevó a cabo el guardia civil Reyes Benítez y las diligencias instadas por la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, dirigida por José María Mena, permitieron acreditar en nuevos informes de la Policía Científica elaborados en julio de 1996 que García Carbonell era el autor de la violación de una joven en Olesa el 5 de noviembre de 1991, por la que también se había condenado a Tommouhi.

Primera revisión

Esa segunda condena contra el marroquí, dictada por la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Barcelona el 22 de abril de 1994, fue objeto de un recurso de revisión que la Sala Penal del Tribunal Supremo estimó el 24 de mayo de 1997. Esa condena, que se elevaba a 51 años de cárcel, quedó anulada tras comprobarse que la muestra de sangre de García Carbonell "es compatible con el semen hallado en las prendas de la víctima".

Tommouhi siguió en la cárcel no sólo por la sentencia condenatoria redactada por Robles sino por otra dictada por la Audiencia de Tarragona en relación con violaciones perpetradas en La Secuita y La Bisbal. La defensa, ejercida por sucesivos abogados de oficio, intentó en julio de 1999 un primer recurso de revisión contra esas dos sentencias. Fue desestimado por la Sala Penal del Supremo, integrada por Luis Román Puerta, Cándido Conde-Pumpido y José Antonio Martín Pallín (ponente), que, no obstante, apreció "sombras" y "dudas" sobre la participación de Tommouhi.

Un nuevo recurso de revisión centrado solo en la sentencia sobre las violaciones cometidas Cornellá y elaborado por la letrada Celia Carbonell fue presentado el 12 de mayo de 2022 y ha sido acogido ahora, de forma unánime, por el presidente de la Sala Penal, Manuel Marchena, y los magistrados Ana Ferrer, Juan Ramón Berdugo (ponente), Pablo Llarena y Vicente Magro.

Análisis pericial omitido

El recurso ponía de manifiesto que la Sección Novena de la Audiencia Provincial de Barcelona únicamente valoró el segundo de los dos informes periciales incorporados al procedimiento, el referido a la muestra de sangre voluntariamente entregada por Tommouhi, que se contrastó con un resto de sangre hallado en la camisa de la víctima, N.

Ese análisis determinó que la sangre de Tommouhi no coincidía con la encontrada en la camisa de la joven. Pero el dato que no fue determinante para la Audiencia porque el examen de la mancha de la camisa de N. no arrojó un resultado concluyente respecto a su origen, que pudo estar en las propias heridas de la víctima.

Inicio de la sentencia condenatoria./

Inicio de la sentencia condenatoria./ E.E.

Sin embargo, la Audiencia omitió valorar el primero de los informes elaborado por la Policía Científica, que contrastó la muestra de sangre dada por Tommouhi con "el líquido seminal hallado en la zona de la braga " de N.

El análisis de los restos de semen -que solo podían proceder del violador- determinó que correspondían al grupo sanguíneo B y que la globulina GC  (una proteína presente en el esperma) era la '2 1S'.

La sangre de Tommouhi, sin embargo, es del grupo A y presenta el fenotipo '1S-1F' para la globulina GC.

"El análisis de semen no fue atendido por el tribunal juzgador al dictar sentencia", lamentaba el recurso de revisión, que explicó que el recurso de casación anunciado en 1992 contra la condena quedó desierto por un error del letrado que ejercía la defensa, por lo que la trascendencia de ese informe pericial no pudo ser valorada por el Supremo en aquel momento.

Se trata de una "prueba objetiva de la inocencia" de Tommouhi, que explica que el recurso de revisión haya prosperado, aunque sea tan tardíamente, señalan fuentes del alto tribunal.